Resolución número 13094 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 11488 de noviembre 2 de 2016, en cuanto a los requisitos exigidos para el otorgamiento y legalización de préstamos en la modalidad de liberación y la determinación de fecha de corte para la capacidad de endeudamiento de los servidores interesados en el concurso de créditos para adquisición de vivienda - 11 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 738449297

Resolución número 13094 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 11488 de noviembre 2 de 2016, en cuanto a los requisitos exigidos para el otorgamiento y legalización de préstamos en la modalidad de liberación y la determinación de fecha de corte para la capacidad de endeudamiento de los servidores interesados en el concurso de créditos para adquisición de vivienda

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50713

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el numeral 4 del artículo 25 del Decreto-ley 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley 1010 de 2000 transformó el Fondo Social de Vivienda de la Registraduría Nacional del Estado Civil, creado mediante Resolución número 3174 de 1984, en un Fondo con Personería Jurídica, autonomía administrativa y presupuesto propio, adscrito a la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Que el artículo 54 del Decreto número 1010 de 2000 establece como objetivos del Fondo Social de Vivienda de la Registraduría Nacional del Estado civil, entre otros los siguientes:

  1. Contribuir a la solución de necesidad básica de vivienda de los empleados de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

  2. Desarrollar planes especiales de vivienda de los empleados de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

  3. Desarrollar programas de crédito para adquisición de vivienda, construcción y remodelación de vivienda y cancelación o amortización de obligación hipotecaria, para los empleados de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Que los artículos 11 y 12 de la Resolución número 11488 de noviembre 2 de 2016, actuales Estatutos del Fondo Social de Vivienda, prevén que la cuantía del préstamo a adjudicar está determinada por la capacidad de endeudamiento del servidor, en todos los casos.

Que el Fondo Social de Vivienda recibe solicitudes de préstamos para liberación de hipoteca, que no pueden ser aprobados por el monto solicitado, es decir por la suma necesaria para liberar el inmueble de gravamen, toda vez que su capacidad de endeudamiento está...

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