Resolución número 1318 de 2019, por la cual se modifica la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017 - 27 de Marzo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 774097413

Resolución número 1318 de 2019, por la cual se modifica la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín50908

La Viceministra de Asuntos Multilaterales encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, en uso de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y numeral 14 del artículo del Decreto número 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que según lo dispone el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las entidades públicas podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, Grupos Internos de Trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo.

Que mediante Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017, se crearon los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que mediante Memorando I-DIAC-19-004839, la Viceministra de Asuntos Multilaterales, con el objetivo de fortalecer los procesos correspondientes a las iniciativas de Diplomacia Deportiva Cultural y al Programa Integral Niños, Niñas y Adolescentes con Oportunidades (PINNA), solicitó trasladar la función asignada en el numeral 7 de la precitada Resolución, al Grupo Interno de Trabajo de Intercambios de la Dirección de Asuntos Culturales.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificación.

Modificar el artículo 42 de la Resolución número 9709 del 5 de diciembre de 2017, el cual quedará así:

Artículo 42. Grupo Interno de Trabajo de Cooperación. Corresponde al Grupo Interno de Trabajo de Cooperación Multilateral, adscrito a la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, ejercer las siguientes funciones:

  1. Mantener la interlocución oficial con los representantes de los Organismos Multilaterales de Cooperación en Colombia.

  2. Coordinar y orientar las relaciones de cooperación con las fuentes multilaterales, en el marco de los objetivos estratégicos de política exterior, que beneficien al país.

  3. Coordinar la negociación, suscripción y seguimiento de los instrumentos programáticos de cooperación con las Agencias, Programas y Fondos del Sistema de Naciones Unidas en Colombia.

  4. Monitorear y hacer seguimiento, en coordinación con las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores y las Entidades del Gobierno Nacional, las acciones de cooperación internacional que adelanta el Sistema de Naciones...

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