Resolución número 1334 de 2020, por medio de la cual se levantan los términos en algunas de las actuaciones administrativas a cargo de la Defensoría del Pueblo - 29 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 851743346

Resolución número 1334 de 2020, por medio de la cual se levantan los términos en algunas de las actuaciones administrativas a cargo de la Defensoría del Pueblo

EmisorVarios - Defensoría del Pueblo
Número de Boletín51482

El Defensor del Pueblo, en ejercicio de sus facultades legales y en particular las conferidas por los numerales 1 y 27 del artículo 5° del Decreto-ley 025 de 2014, y el artículo 6° del Decreto Legislativo número 491 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución número 385 del 12 de marzo de 2020, declaró hasta el 30 de mayo de 2020 la emergencia sanitaria por causa del COVID-19, en todo el territorio nacional y adoptó medidas para evitar su propagación, declaratoria prorrogada hasta el 30 de agosto de 2020 mediante Resolución número 844 de 2020 y posteriormente hasta el 30 de noviembre de 2020 por medio de la

Resolución número 1462 del 25 de agosto de 2020.

Que la Circular número 02-2020 de la Defensoría del Pueblo fijó los lineamientos necesarios para minimizar los efectos negativos en la salud de los funcionarios, contratistas, usuarios y demás personas que permanecen en las instalaciones de la Entidad.

Que mediante la Resolución número 421 de 2020 este Despacho ordenó la suspensión de términos procesales en todos los procesos disciplinarios y las actuaciones administrativas a cargo de la Defensora del Pueblo hasta el 31 de marzo de 2020.

Que mediante Resolución número 517 del 1° de abril de 2020 la Defensoría del pueblo prorrogó la suspensión de los términos procesales en todas las actuaciones disciplinarias en los términos del artículo 6° del Decreto Legislativo 491 de 2020.

Que mediante la Resolución número 828 de julio 13 de 2020 la entidad levantó la suspensión de términos a partir del 15 de julio de 2020 únicamente para aquellas actuaciones disciplinarias que a la fecha se encuentren para alegatos de conclusión, para fallo de primera instancia y en trámite de apelación de segunda instancia así como para proferir aquellas decisiones por medio de las cuales se resuelva la terminación y el archivo definitivo de las diligencias al tenor de los artículos 73 y 164 de la Ley 734 de 2002.

Que con la Resolución número 673 del 1 de junio de 2020 se decidió levantar la suspensión de la actuación administrativa denominada “Acción de grupo, relleno sanitario Doña Juana” a cargo del Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos.

Que mediante Decreto número 1168 del 25 de agosto de 2020, se reguló la fase de Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable que regirá en la...

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