Resolución número 136 de 2018, por la cual se resuelve una solicitud de inicio del examen quinquenal de unos derechos antidumping - 13 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 729437241

Resolución número 136 de 2018, por la cual se resuelve una solicitud de inicio del examen quinquenal de unos derechos antidumping

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50623

El Director de Comercio Exterior, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el numeral 5 del artículo 18 del Decreto número 210 de 2003 modificado por el artículo 3º del Decreto número 1289 de 2015, el Decreto 1750 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 0124 del 7 de junio de 2013 publicada en el Diario Oficial 48.819 del 12 de junio de 2013, la Dirección de Comercio Exterior dispuso la terminación de la investigación administrativa abierta mediante Resolución 0186 del 20 de junio de 2012, con imposición de derechos antidumping definitivos por cinco (5) años a las importaciones de llantas radiales para autobuses o camiones, clasificadas en la subpartida arancelaria 4011.20.10.00 originarias de la República Popular China, consistente en un valor correspondiente a la diferencia entre el precio base FOB de USD$5.37/kilo y el precio FOB declarado por el importador, siempre que este sea menor al precio base. Así mismo, dispuso no imponer derechos antidumping definitivos a las importaciones de llantas convencionales para autobuses o camiones, clasificadas en la subpartida arancelaria 4011.20.90.00, igualmente originarias de la República Popular China.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 61 del Decreto número 1750 de 2015, en concordancia con el artículo 11.3 del Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio, a petición de parte o de oficio podrá adelantarse el examen quinquenal de los derechos antidumping definitivos impuestos, con el fin de determinar si la supresión de los mismos permitiría la continuación o a la repetición del daño y del dumping que se pretendía corregir.

Que la Asociación Colombiana de Fabricantes de Autopartes (Acolfa) actuando en nombre de la rama de producción nacional de llantas radiales para autobuses o camiones, clasificadas en la subpartida arancelaria 4011.20.10.00, mediante...

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