Resolución número 143 de 2019, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución, por medio de la cual se propone modificar la definición de la variable PRRj de las Resoluciones CREG 004 de 2003 y CREG 014 de 2004 - 30 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 822027081

Resolución número 143 de 2019, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución, por medio de la cual se propone modificar la definición de la variable PRRj de las Resoluciones CREG 004 de 2003 y CREG 014 de 2004

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51122

La Comisión de Regulación de Energía y GAS, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y Decreto 1260 de 2013,

CONSIDERANDO QUE:

Conforme a lo dispuesto por el artículo 8º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso administrativo, así como lo establecido en el artículo 9º del Decreto 2696 de 2004, compilado en el artículo 2.2.13.3.2. del Decreto 1078 de 2015 y el artículo 33 de la Resolución CREG 039 de 2017, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.

De conformidad con el artículo 33, numeral 4, de la Resolución CREG 039 de 2017, se somete a una consulta menor a diez días hábiles en razón a que se está realizando una corrección de forma.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión número 954 del 29 de octubre de 2019, aprobó hacer público el proyecto de resolución "por medio de la cual se propone modificar la definición de la variable PRRj de las Resoluciones CREG 004 de 2003 y CREG 014 de 2004"

RESUELVE:

Artículo 1º Hágase público el siguiente proyecto de resolución que propone modificar la variable PRRj, "por medio de la cual se propone modificar la definición de la variable PRRj de las Resoluciones CREG 004 de 2003 y CREG 014 de 2004".
Artículo 2º Se invita a los agentes, a los usuarios, a las autoridades competentes, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Superintendencia de Industria y Comercio, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación del proyecto en la página Web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.
Artículo 3º Infórmese en la página web la identificación de la dependencia administrativa y de las personas a quienes se podrá solicitar información sobre el proyecto y hacer llegar las observaciones, reparos o...

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