Resolución número 1433 de 2017, por medio de la cual se prorroga el término de duración de las zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente establecidas mediante la Resolución 1628 de 2015 - 17 de Agosto de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 691986169

Resolución número 1433 de 2017, por medio de la cual se prorroga el término de duración de las zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente establecidas mediante la Resolución 1628 de 2015

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín50328

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 5º, numerales 2, 5, 14, 19 y 24 de la Ley 99 de 1993, el artículo 2º del Decreto-ley 3570 de 2011 y la Resolución 1628 de 2015,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de 1991 señaló entre los deberes ambientales del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica, planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, conservación, restauración o sustitución y prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental.

Que frente a la protección de las áreas de especial importancia ecológica la Corte Constitucional1 ha señalado que tales zonas están sometidas a un régimen de protección más intenso que el resto del medio ambiente.

Que en dichas áreas se alberga la diversidad biológica de nuestro país, la cual, de conformidad con los principios consagrados en la Ley 99 de 1993 por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, debe ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible.

Que en este marco Colombia suscribió el Convenio sobre Diversidad Biológica aprobado mediante Ley 165 de 1994, en el que el país se compromete a establecer estrategias de conservación in situ de la diversidad biológica, entre las que sobresalen el establecimiento de áreas protegidas donde haya que tomar medidas especiales para su conservación, de la mano con la protección de ecosistemas, de hábitats naturales y el mantenimiento de poblaciones viables de especies en entornos naturales.

Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante la Resolución 1628 de 13 de julio de 2015, declaró unas zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente las cuales corresponden a los polígonos de las Selvas Transicionales de Cumaribo, el Alto Manacacías, la Serranía de San Lucas, los Bosques secos del Patía, la Serranía del Perijá y las Sabanas y Humedales de Arauca.

Que el referido acto administrativo tenía como finalidad materializar la medida de precaución temporal de los sitios en los cuales se adelantan procesos de declaratoria de áreas protegidas, bajo la incorporación la importancia ecosistémica de cada una de estas áreas, los...

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