Resolución número 1458 de 2019, por la cual se establecen las condiciones para la emisión de la garantía de disposición legal que debe constituir el Gestor Inmobiliario para acceder al giro anticipado del subsidio en el marco del Programa Semillero de Propietarios - 17 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 826958781

Resolución número 1458 de 2019, por la cual se establecen las condiciones para la emisión de la garantía de disposición legal que debe constituir el Gestor Inmobiliario para acceder al giro anticipado del subsidio en el marco del Programa Semillero de Propietarios

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín51140

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3º del Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el Capítulo 6, Título 1, Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 3º del Decreto-ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) (...) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno nacional. (. .. )".

Que en el Capítulo 6, Título 1, Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio número 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra "Semillero de Propietarios"', destinado a facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población cuyos ingresos son iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), por medio de una política de arrendamiento social con opción de compra.

Que el Programa Semillero de Propietarios se constituye en una solución de vivienda digna, mediante la formalización del arrendamiento y la generación de historial bancario para facilitar el otorgamiento de un producto financiero mediante el cual, los hogares podrán acceder a una solución habitacional propia.

Que de acuerdo con el artículo 2.1.1.6.4.4 del Decreto 1077 de 2015 adicionado por el Decreto 2413 de 2018, Fonvivienda podrá establecer directamente, o a través del Patrimonio Autónomo que administre los recursos del programa, los requisitos, obligaciones y responsabilidades de los gestores inmobiliarios para efectos de su participación en el programa.

Que de acuerdo con el artículo 2.1.1.6.2.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el Decreto 2413 de 2018, el valor del subsidio familiar de vivienda destinado a cubrir el canon de arrendamiento mensual será de hasta 0,6 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio.

Que en virtud de lo...

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