Resolución número 1515 de 2019, por la cual se ordena el cierre temporal del Sistema Catastral - 4 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 829422385

Resolución número 1515 de 2019, por la cual se ordena el cierre temporal del Sistema Catastral

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín51157

El Director General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en ejercicio de la facultad otorgada por el numeral 12 del artículo 14 del Decreto 2113 de 1992, numeral 1 del artículo del Decreto 208 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 365 de la Constitución Política establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado, que es deber de este asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional y están sometidos al régimen jurídico que fije la ley. Podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas o por particulares, y en todo caso, el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios.

Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 definió la gestión catastral como un servicio público que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito que sean adoptados.

Que el mismo artículo señaló al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) como la máxima autoridad catastral nacional y prestador por excepción del servicio público de catastro, en ausencia de gestores catastrales habilitados.

Que el parágrafo primero del ya citado artículo 79 prevé: "(...) Conservarán su condición de gestor catastral aquellas entidades que, a la promulgación de la presente ley, sean titulares de catastros descentralizados o mediante delegación ejerzan la gestión sin necesidad de trámite adicional alguno. Respecto de los...

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