Resolución número 153 de 2019, Por la cual se actualizan las disposiciones relacionadas con el funcionamiento del comité de conciliación del Instituto Colombiano de Antropología e Historia - 12 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 808818797

Resolución número 153 de 2019, Por la cual se actualizan las disposiciones relacionadas con el funcionamiento del comité de conciliación del Instituto Colombiano de Antropología e Historia

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Antropología e Historia
Número de Boletín51043

El Director General del Instituto Colombiano de Antropología e Historia, en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Decreto 2667 de 1999 y el Decreto 1069 de 2015 modificado por el Decreto 1167 de 2016,

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto 1716 de 2009, se reglamentaron las Leyes 1285 de 2009, 446 de 1998 y 640 de 2001, en materia de conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo y, en especial, lo relacionado con el funcionamiento de los comités de conciliación.

Que el Decreto 1069 de 2015 "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho", compiló las normas reglamentarias de obligatorio cumplimiento para el funcionamiento de los comités de conciliación.

Que posteriormente se expidió el Decreto 1167 de 2016, "por el cual se modifican y suprimen, algunas disposiciones del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho", el cual introdujo reformas relacionadas con la integración del Comité de Conciliación y el estudio de la procedencia de la acción de repetición entre otros temas.

Que el Decreto 4085 de 2011, dispone entre otros asuntos que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado puede participar en los comités de conciliación de las entidades y organismos del orden nacional cuando lo estime conveniente, con derecho a voz y voto, y actuar como mediador en los conflictos que se originen entre entidades y organismos del orden nacional.

Que en virtud de dichas modificaciones, es necesario actualizar todos los aspectos referentes a la puesta en funcionamiento del comité de conciliación del ICANH, los cuales se encuentran contenidos en la Resolución número 029 de 2008, "por la cual se crea el Comité de conciliación y Defensa Judicial y se revoca la resolución número 014 de 24 de enero de 2001".

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Comité de Conciliación.

El Comité de Conciliación del ICANH, es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses a cargo de la entidad.

El Comité decidirá, en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público. La decisión de conciliar tomada en los términos anteriores, por sí sola, no dará lugar a investigaciones disciplinarias, ni fiscales, ni al ejercicio de acciones de repetición contra los miembros del Comité.

La decisión del Comité de Conciliación acerca de la viabilidad de conciliar no constituye ordenación de gasto.

Artículo 2º Principios rectores.

Los miembros del Comité de Conciliación del ICANH y los servidores públicos o contratistas que intervengan en sus sesiones en calidad de invitados, obrarán con base en los principios...

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