Resolución número 1585 de 2020, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1296 de 2020 en lo relativo a la suspensión de los trámites de expedición de pasaportes ordinarios y ejecutivos y del procesamiento de solicitudes de visa de extranjeros con permanencia fuera del territorio colombiano - 26 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845717127

Resolución número 1585 de 2020, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1296 de 2020 en lo relativo a la suspensión de los trámites de expedición de pasaportes ordinarios y ejecutivos y del procesamiento de solicitudes de visa de extranjeros con permanencia fuera del territorio colombiano

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín51357

La Ministra de Relaciones Exteriores, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, el literal a del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2.2.1.11.1.4 del Decreto 1067 de 2015 y el numeral 17 del artículo del Decreto 869 de 2016, y en desarrollo del artículo 6º del Decreto Legislativo No. 491 de 2020, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia establece que los Ministros son los jefes de la administración y que bajo la dirección del Presidente de la República les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho;

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores es el organismo rector del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores y le corresponde, entre otras funciones, bajo la dirección del Presidente de la República, formular, planear, coordinar y ejecutar la política exterior de Colombia, así como evaluarla y proponer los ajustes y modificaciones que correspondan;

Que el Estado colombiano coordina los intereses de su política exterior con base en el principio de reciprocidad, derivado de la valoración del Presidente como director de las relaciones internacionales, de conformidad con los artículos 96, 226 y 227 de la Constitución;

Que es competencia discrecional del Gobierno nacional, fundado en el principio de la soberanía del Estado, autorizar el ingreso y la permanencia de extranjeros al país;

Que el numeral 17 del artículo del Decreto 869 del 25 de mayo de 2016 faculta al Ministerio de Relaciones Exteriores fijar las políticas en materia migratoria;

Que el servicio de expedición de visas es rogado y, en ningún caso, el Gobierno nacional podrá otorgar una visa sin que sea solicitada por el propio interesado;

Que, la Resolución 6045 de 2017, establece el procedimiento y fija los requisitos para la solicitud de la visa colombiana, y la Resolución 10535 de 2018 establece las disposiciones en materia de exención de visas;

Que la inmigración y la expedición de visas se deberá regular con atención a las prioridades sociales, demográficas, económicas, científicas, culturales, de seguridad, de orden público, sanitarias y demás de interés para el Estado colombiano;

Que el 11 de...

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