Resolución número 159 de 2018, por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución número 706 de diciembre 16 de 2016, para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Pública (CHIP), correspondiente al periodo enero-marzo de 2018 y la Resolución número 182 de 19 de mayo de 2017 por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la preparación y publicación de los informes financieros y contables mensuales, que deban publicarse de conformidad con el numeral 36 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002 - 31 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 726916261

Resolución número 159 de 2018, por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución número 706 de diciembre 16 de 2016, para el reporte de la información financiera, económica, social y ambiental a través del Sistema Consolidador de Hacienda de Información Pública (CHIP), correspondiente al periodo enero-marzo de 2018 y la Resolución número 182 de 19 de mayo de 2017 por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la preparación y publicación de los informes financieros y contables mensuales, que deban publicarse de conformidad con el numeral 36 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín50610

El Contador General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren los literales c) y g) del artículo 3º de la Ley 298 de 1996 y los numerales 3 y 8 del artículo 4º del Decreto número 143 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 16 de la Resolución número 706 de diciembre 16 de 2016, modificada por las Resoluciones números 043 de febrero 8 de 2017 y 097 de marzo 15 de 2017, se establece la información a reportar, los requisitos y plazos para el reporte de información a la Contaduría General de la Nación, por parte de las entidades sujetas al ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública.

Que es obligación constitucional y legal de la Contaduría General de la Nación incorporar la información financiera, económica social y ambiental del trimestre enero-marzo de 2018, para efectos de elaborar los informes consolidados y proveer información a los usuarios estratégicos y a la ciudadanía en general.

Que mediante la Resolución número 533 de 2015 y sus modificaciones, expedida por la CGN, se incorporó en el Régimen de Contabilidad Pública el Marco Normativo para Entidades de Gobierno, las cuales tuvieron un período de preparación obligatoria hasta diciembre del año 2017 y su primer periodo de aplicación inicia a partir de enero 1º de 2018. De acuerdo con el instructivo 002 de 2015 se definen las instrucciones generales para la transición al nuevo marco normativo para determinar los saldos iniciales de los activos, pasivos, patrimonio y cuentas de orden, entre otros.

Que mediante la Resolución número 461 de 2017, expedida por la CGN, se incorporó, en el Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativa para Entidades en Liquidación y se dictan otras disposiciones.

Que en la Circular número 47 de noviembre de 2017 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por la cual se dan instrucciones sobre los aspectos a considerar para el cierre de la vigencia 2017 y apertura del año 2018 en el sistema integrado de información financiera (SIIF)-Nación, se establece que los registros relacionados con comprobantes de convergencia estarán...

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