Resolución número 160 de 2020, por la cual se adopta el procedimiento para implementar los documentos tipo y se define el sistema para su revisión - 15 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 849500684

Resolución número 160 de 2020, por la cual se adopta el procedimiento para implementar los documentos tipo y se define el sistema para su revisión

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-
Número de Boletín51438

El Director General, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren la Ley 2022 de 2020, el Decreto Ley 4170 de 2011 y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-Ley 4170 de 2011 creó la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, con la naturaleza jurídica de unidad administrativa especial que tiene como objetivo en su calidad de ente rector, la facultad de desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas orientadas a la organización y articulación de los participantes en los procesos de compras y contratación estatal, con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado.

Que el artículo 1º de la Ley 2022 de 2020, "por la cual se modifica el artículo 4º de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones", otorgó a la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- o a quien haga sus veces, la competencia para adoptar documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Que en el mismo artículo 1º de la Ley 2022 de 2020, se determinó que en la adopción de los documentos tipo se tendrán en cuenta las características propias de las regiones, la

cuantía, el fomento de la economía local, la naturaleza y la especialidad de la contratación, y que para tal efecto, se deberá llevar a cabo un proceso de capacitación para los municipios.

Que la Ley 2022 de 2020 también señaló que la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente- fijará un cronograma y definirá en coordinación con las entidades técnicas o especializadas correspondientes el procedimiento para implementar gradualmente los documentos tipo, con el propósito de facilitar la incorporación de estos en el sistema de contratación estatal, y deberá establecer el procedimiento para recibir y revisar comentarios de los interesados, así como un sistema para la revisión constante de los documentos tipo que expida.

Que el artículo 3º del Decreto-Ley 4170 de 2011 establece que una de las funciones de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- es desarrollar e implementar normas, instrumentos y herramientas que faciliten las compras y contratación del Estado y promover las mejores prácticas, la eficiencia, la transparencia y la competitividad del mismo, con el fin de que se cumplan los principios y procesos generales que deben gobernar la actividad contractual de las entidades públicas.

Que el numeral 12 del artículo 11 del Decreto - Ley 4170 de 2011, señala que es función de la Subdirección de Gestión Contractual desarrollar e...

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