Resolución número 1637 de 2018, por la cual se ordena devolver a la Nación las cuotas pagadas de los Títulos de Tesorería (TES) Ley 546 entregados para pagar los abonos hipotecarios de que trata la Ley 546 de 1999 - 15 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 729748385

Resolución número 1637 de 2018, por la cual se ordena devolver a la Nación las cuotas pagadas de los Títulos de Tesorería (TES) Ley 546 entregados para pagar los abonos hipotecarios de que trata la Ley 546 de 1999

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50625

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Ley 546 de 1999, el Decreto número 249 de 2000, el Decreto número 2221 de 2000, modificado por el Decreto número 712 de 2001, el Decreto número 2739 de 2003, la Resolución número 2581 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 546 de 1999 los abonos y reliquidaciones hipotecarias de que trata la misma se hicieron con el fin de contribuir a hacer efectivo el derecho constitucional a la vivienda;

Que mediante lo dispuesto en los Decretos número 249 y 2221 de 2000, 712 de 2001 y 2739 de 2003, hay causales que generan la pérdida del alivio establecido en los artículos 40 y siguientes de la Ley 546 de 1999, si este ya se ha efectuado; en consecuencia, este debe ser reversado y devuelto a la Nación junto con los respectivos intereses pagados;

Que previa verificación, la Superintendencia Financiera de Colombia remitió a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público información individual de cada uno de los deudores a quienes se les reversó el alivio por presentar alguna de las causales definidas en las normas mencionadas en el considerando anterior, debidamente certificada por los representantes legales y los revisores fiscales de las siguientes entidades así:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto número 249 de 2000, los Títulos de Tesorería TES Ley 546, entregados para pagar los alivios hipotecarios a favor de las entidades acreedoras, fueron emitidos el 28 de febrero de 2000, a 120 cuotas mensuales de capital e intereses, cuya última cuota se venció el 28 de febrero de 2010, conforme la siguiente liquidación remitida por el Banco de la República, en calidad de administrador de los títulos:

Que el artículo 3º del Decreto número 2221 de 2000 establece que, cuando la entidad o entidades acreedoras deban devolver Títulos de Tesorería (TES), Ley 546 a la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la devolución deberá incluir el saldo insoluto de dichos títulos, así como las cuotas pagadas hasta la fecha de devolución de los mismos, y

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 4º del Decreto número 2221 de 2000, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público...

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