Resolución número 165-002564 de 2017, por medio de la cual se modifica la Resolución 511-004319 del 13 de agosto de 2012 relativa a la creación de órganos de asesoría y coordinación - 10 de Julio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 686794577

Resolución número 165-002564 de 2017, por medio de la cual se modifica la Resolución 511-004319 del 13 de agosto de 2012 relativa a la creación de órganos de asesoría y coordinación

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín50290

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus facultades legales, reglamentarias y en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, numerales 10 y 15 del Decreto 1023 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 511-004319 de 13 de agosto de 2012, la Superintendencia de Sociedades creó los órganos de asesoría y coordinación, en el marco de los principios de eficiencia y celeridad, con el fin de garantizar el desarrollo adecuado de las funciones asignadas a la Entidad.

Que por medio de la Resolución 500-001348 del 8 de noviembre de 2016, se modificó la Resolución 511-004319 del 13 de agosto de 2012, así:

"Artículo 1º. Modifíquese el artículo primero de la Resolución 511004319 del 12 de agosto de 2012, el cual quedará así:

Artículo 1º Conformación. La Superintendencia de Sociedades contará con un Comité de Gerencia que actuará como órgano asesor del Superintendente en los temas de dirección estratégica de la Entidad

Este Comité estará presidido por el Superintendente de Sociedades y estará conformado por los siguientes funcionarios:

  1. Superintendente Delegado para Asuntos Económicos y Contables.

  2. Superintendente Delegado para Inspección, Vigilancia y Control.

  3. Superintendente Delegado para Procedimientos de Insolvencia.

  4. Superintendente Delegado para Procedimientos Mercantiles.

  5. Secretario General.

  6. Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

  7. Director de Informática y Desarrollo.

Parágrafo 1º. Las decisiones o recomendaciones del Comité no tendrán carácter vinculante.

Parágrafo 2º. La Secretaría del Comité será ejercida por el Jefe de la Oficina de Planeación.

Parágrafo 1º. (Sic). Para efectos de este artículo, se entiende dirección estratégica como la definición de políticas públicas de carácter general en materia misional y de gestión administrativa".

Que de conformidad con el considerando anterior, resulta oportuno precisar las actividades señaladas en el artículo 23, numeral 1 del Decreto 1023 de 2012, correspondientes a las recomendaciones que debe realizar el Comité de Gerencia respecto de los asuntos relativos a la supervisión de las sociedades, así como en relación con las funciones jurisdiccionales de la Superintendencia de Sociedades y, en general, al resto de actividades propias de la entidad.

Que mediante artículo 13 de la Resolución 511-004319 del 13 de agosto de 2012, se conformó el Comité de Publicaciones; sin embargo, por necesidades del servicio y, en aras de garantizar el principio de celeridad y eficacia, se consideró pertinente la supresión del mismo.

Con mérito en lo expuesto, este despacho,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo primero de la Resolución 511-004319 del 13 de agosto de 2012, así:

"Artículo 1º. Conformación. La Superintendencia de Sociedades contará con un Comité de Gerencia que actuará como órgano asesor del Superintendente en los asuntos relativos a la supervisión de las sociedades colombianas, así como en relación con las funciones jurisdiccionales de la Superintendencia de Sociedades. El referido Comité también deberá asesorar al Superintendente en lo que a la dirección estratégica se refiere. Este Comité será presidido por el Superintendente de Sociedades y estará conformado por los siguientes funcionarios:

  1. Superintendente Delegado para Asuntos Económicos y Contables.

  2. Superintendente Delegado para Inspección, Vigilancia y Control.

  3. Superintendente Delegado para Procedimientos de Insolvencia.

  4. Superintendente Delegado para Procedimientos Mercantiles.

  5. Secretario General.

  6. Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

  7. Director de Informática y Desarrollo.

Parágrafo 1º. Las decisiones o...

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