Resolución número 168 de 2020, por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público - 14 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 850935052

Resolución número 168 de 2020, por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación
Número de Boletín51467

El Contador General de la Nación, en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y el Decreto número 143 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Resolución número 354 de 2007, modificado por el artículo 1º de la Resolución número 156 de 2018, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (CGN), establece que el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) está conformado por a) el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública; b) el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos; c) el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos; d) el Marco Normativo para Entidades de Gobierno con sus respectivos elementos; e) el Marco Normativo para Entidades en Liquidación con sus respectivos elementos; f) la Regulación del Proceso Contable y del Sistema Documental Contable; y g) los Procedimientos Transversales.

Que mediante la Resolución número 628 de 2015, expedida por la CGN, se incorporó, en el RCP, el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública, el cual define el alcance del RCP y sirve de base para desarrollar este instrumento de normalización y regulación, en el contexto de la convergencia hacia estándares internacionales de información financiera.

Que el párrafo 83 del Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública expresa que "El RCP está basado en una estructura metodológica para su construcción. La sujeción a una metodología garantiza coherencia, consistencia y legitimidad conceptual al proceso de regulación y normalización. Así, este Régimen

se fundamenta, además de la autoridad legal, en preceptos lógicos y racionales que se contrastan con la realidad organizacional y el entorno jurídico, económico y social en el que se aplica; esta dinámica para la regulación ha sido discutida, aceptada y validada por la comunidad académica y profesional contable, por los diferentes reguladores a nivel internacional y por los usuarios de la información".

Que mediante la Resolución número 414 de 2014, expedida por la CGN, se incorporó, en el RCP, el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, aplicables a las entidades definidas en su artículo 2º.

Que mediante la Resolución número 139 de 2015, expedida por la CGN, se incorporó, en el RCP, el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, el cual está integrado por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos; los Procedimientos Contables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas; y la Doctrina Contable Pública.

Que mediante la Resolución número 426 de 2019, expedida por la CGN, se modificaron las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público.

Que producto de la revisión integral propia de los procesos de regulación se contrastaron los Marcos Conceptuales para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público y del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, y se identificaron los aspectos que deben ser divergentes y aquellos que deben ser coincidentes, atendiendo la caracterización y los hechos económicos de las entidades bajo el ámbito de cada Marco Normativo y unificando, de manera transversal, los criterios que aportan a una mejor comprensión y aplicación de los preceptos establecidos en los Marcos Conceptuales.

Que se requiere modificar el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera, del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, a fin de mantener su consistencia con el Marco Normativo para Entidades de Gobierno en aquellos aspectos que son coincidentes y conservar la articulación de sus preceptos con las normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera, del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, el cual quedará tal y como se describe textualmente en el anexo que hace parte integral de la presente resolución.
Artículo 2º Vigencia y derogatorias.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998, y deroga la Doctrina Contable Pública que le sea contraria.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 14 de octubre de 2020. El Contador General de la Nación,

Pedro Luis Bohórquez Ramírez.

(C. F.).

Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público

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El Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera, del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, es expedido por la Contaduría General de la Nación e incorpora material desarrollado por la Fundación IFRS. En la presente publicación, se reproducen y adaptan extractos del Marco Conceptual para la Información Financiera, publicado por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), con autorización de dicha Fundación.

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