Resolución número 1725 de 2016, por medio de la cual se modifica el plan de manejo del huerto La Florida - 1 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 648240729

Resolución número 1725 de 2016, por medio de la cual se modifica el plan de manejo del huerto La Florida

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín49983

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las establecidas en el artículo 29 (numeral 1) de la Ley 99 de 1993, y el artículo 42 (numeral 1) de la Resolución número 703 de 2003, expedida por el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante la cual se aprobaron los Estatutos de la CAR,

CONSIDERANDO:

Que en desarrollo de la Acción Popular número 2010-275, el Juzgado Quinto Administrativo de descongestión del circuito judicial de Bogotá, mediante providencia del 22 de julio de 2013, estableció las siguientes órdenes:

"...Ordénese al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) dejar sin efectos la Inscripción número 860061099-1-25-1465 mediante la cual se registró como un cultivo forestal con fines comerciales al huerto de árboles de Eucalyptus globulus, ubicado en el Parque Regional La Florida.".

"...Ordénese al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD) abstenerse de efectuar la tala de la totalidad de los individuos que conforman el huerto de árboles de Eucalyptus globulus, ubicado en el Parque Regional La Florida, excepto de aquellos individuos que según el informe técnico adjunto al dictamen pericial aportado a folios 16 a 32 del cuaderno 3, por amenazar inminente volcamiento. Como quiera que futuros árboles pueden presentar dicha amenaza, y para que su tala esté respaldada por un concepto técnico que indique que es necesaria, el comité que se conformará para garantizar el cumplimiento de este fallo, hará el seguimiento periódico al huerto y emitirá la autorización para que el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD), pueda adelantar la acción de tala.".

".Ordénese al Instituto de Hidrología y Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) realizar las acciones técnicas que sean pertinentes para la conservación de la semilla de los árboles de Eucalyptus globulus.".

".Confórmase un Comité de Vigilancia, para el cumplimiento de lo ordenado en este fallo, integrado por un representante de la Corporación Nacional de Investigación y Fomento Forestal (CONIF), quien lo presidirá, un delegado del Instituto Distrital para la Recreacióny elDeporte (IDRD), un delegado delInstituto Colombiano Agropecuario (ICA), un representante de la Procuraduría Ambiental Agraria, un representante del Ministerio de Agricultura, un representante del Instituto de Hidrología y Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) y el señor José Alejandro Sánchez...";

Que posteriormente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C, profirió fallo de segunda instancia el día cinco (5) de diciembre de 2013, dentro de la acción popular señalada, disponiendo lo siguiente:

".Incluir como entidad que amenaza también los derechos colectivos señalados en este artículo a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca".

". Atribuir de manera conjunta con el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD) la obligación de tala de los árboles del Huerto Semillero 'Eucalyptus globulus'...".

". Imponer como obligación de hacer a la Corporación Autónoma Regional de Cun-dinamarca, el adelantamiento, manejo y desarrollo de las acciones y actividades concernientes a la inclusión de la restauración y preservación del Huerto Semillero 'Eucalyptus globulus'en el Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Hídrica Humedal La Florida del Parque La Florida y su consecuente protección".

".Incluir a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca en el comité de vigilancia en los términos destacados en el referido numeral";

Que para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en las providencias señaladas, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) expidió la Resolución número 630 del 22 de marzo de 2016, mediante la cual se adoptó el Plan de manejo del...

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