Resolución número 176 de 2017, por la cual se adopta la determinación final de la investigación administrativa iniciada con la Resolución número 183 de 2016 - 13 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 695014713

Resolución número 176 de 2017, por la cual se adopta la determinación final de la investigación administrativa iniciada con la Resolución número 183 de 2016

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50385

El Director de Comercio Exterior, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el numeral 5 del artículo 18 del Decreto 210 de 2003 modificado por el Decreto 1289 de 2015, el Decreto 1750 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 183 del 25 de octubre de 2016, publicada en el Diario Oficial 50.039 del 27 de octubre de 2016, la Dirección de Comercio Exterior determinó ordenar el inicio del examen quinquenal con el objeto de determinar si la supresión del derecho antidumping impuesto mediante la Resolución 304 del 13 de noviembre de 2013 a las importaciones de perfiles extruidos de aluminio, clasificadas por las posiciones arancelarias 7604.21.00.00, 7604.29.10.00, 7604.29.20.00, 7608.10.90.00 y 7608.20.00.00 originarias de la República Popular China y de la República Bolivariana de Venezuela, permitiría la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir.

Que respecto de los derechos antidumping impuestos mediante la Resolución 304 del 13 de noviembre de 2013, se realizó una Revisión Administrativa de oficio, la cual fue finalizada con la Resolución 174 del 14 de octubre de 2015, publicada en el Diario Oficial 49.670 del 19 de octubre de 2015, manteniendo la aplicación de los derechos antidumping en los términos previstos en la Resolución 304 de 2013, sin ninguna modificación.

Que a la investigación administrativa abierta por la Dirección de Comercio Exterior le correspondió el expediente ED-215-38-89/ED-850-04-90 que reposa en los archivos de la Subdirección de Prácticas Comerciales, en el cual se encuentran los documentos y pruebas allegados por todos los intervinientes en la misma.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 68 del Decreto 1750 de 2015, se informó la apertura de investigación y se enviaron comunicaciones a los importadores, exportadores y productores extranjeros y a los representantes diplomáticos de la República Popular China y de la República Bolivariana de Venezuela en Colombia para su divulgación a los gobiernos de dichos países, así como las direcciones de Internet para descargar la citada resolución de apertura y los cuestionarios, tanto para importadores, como para exportadores, según el interés.

Que de conformidad con el artículo 66 del mencionado Decreto, mediante aviso publicado en el Diario Oficial número 50.039 el 27 de octubre de 2016, se convocó a quienes acreditaran interés en la investigación para que expresaran sus opiniones debidamente sustentadas...

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