Resolución número 1785 de 2018, por la cual se señalan los tiempos para culminar actividades en los procesos de conservación y actualización catastral y se suspenden términos por motivo de cierre del año 2018 - 26 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 747958601

Resolución número 1785 de 2018, por la cual se señalan los tiempos para culminar actividades en los procesos de conservación y actualización catastral y se suspenden términos por motivo de cierre del año 2018

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín50789

El Director General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en ejercicio de la facultad otorgada por el numeral 12 del artículo 14 del Decreto 2113 de 1992, numeral 1 del artículo del Decreto 208 de 2004.

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), adelantó el proceso de actualización de la formación catastral en nueve (9) municipios ubicados en seis (6)

departamentos durante el año 2018 y de conformidad con los artículos 94 y 100 de la Resolución 070 de 2011 expedida por el IGAC, una vez finalizados los trabajos de la actualización de la formación catastral, es necesario efectuar el procesamiento de la información, conformar la base de datos catastral y hacer entrega al proceso de conservación catastral.

Que para los municipios en los cuales no se realizó el proceso de formación catastral o de actualización de la formación catastral, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi debe adelantar el ajuste de las bases gravables de acuerdo con los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales que establezca el Gobierno nacional.

Que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi requiere consolidar las bases de datos catastrales de los municipios bajo su jurisdicción, proceso para el cual es necesario suspender temporalmente la utilización del sistema catastral dentro del proceso de conservación catastral.

Que para consolidar las bases de datos catastrales, comporta la suspensión de trámites en materia de conservación catastral hacia los usuarios externos, así como la suspensión de los términos normativos previstos para resolver las peticiones y realizar los trámites catastrales del proceso de conservación catastral.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Señalar los tiempos para culminar actividades en los procesos de conservación y actualización catastral y suspender términos por motivo de cierre del año 2018, con el fin de consolidar las bases de datos catastrales.

Artículo 2º Ámbito de aplicación

Los tiempos señalados y la suspensión de términos de que...

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