Resolución número 181 de 2020, por la cual se adopta la metodología que empleará la Agencia Nacional de Seguridad Vial, para evaluar las solicitudes presentadas por las autoridades de tránsito frente al cumplimiento de los criterios de seguridad vial establecidos en la Resolución número 20203040011245 de 2020 - 2 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 850276298

Resolución número 181 de 2020, por la cual se adopta la metodología que empleará la Agencia Nacional de Seguridad Vial, para evaluar las solicitudes presentadas por las autoridades de tránsito frente al cumplimiento de los criterios de seguridad vial establecidos en la Resolución número 20203040011245 de 2020

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Seguridad Vial
Número de Boletín51455

El Director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia; el artículo 9º de la Ley 1702 de 2013; el artículo 2º de la Ley 1843 de 2017, modificado por el artículo 109 del Decreto Ley 2106 de 2019; el parágrafo 1º del artículo 5º de la Resolución número 20203040011245 de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el literal e) del artículo de la Ley 105 de 1993, la seguridad de los usuarios constituye un principio rector y una prioridad del sistema y del sector transporte.

Que, el artículo 5º de la Ley 1702 de 2013, define la Seguridad Vial, como "el conjunto de acciones y políticas dirigidas a prevenir, controlar y disminuir el riesgo de muerte o de lesión de las personas en sus desplazamientos ya sea en medios motorizados o no motorizados. Se trata de un enfoque multidisciplinario sobre medidas que intervienen en todos los factores que contribuyen a los accidentes de tráfico en la vía, desde el diseño de la vía y equipamiento vial, el mantenimiento de las infraestructuras viales, la regulación del tráfico, el diseño de vehículos y los elementos de protección activa y pasiva, la inspección vehicular, la formación de conductores y los reglamentos de conductores, la educación e información de los usuarios de las vías, la supervisión policial y las sanciones, la gestión institucional hasta la atención a las víctimas".

Que el artículo 109 del Decreto Ley 2106 del 22 de noviembre de 2019 por medio del cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública, modificó el artículo 2º de la Ley 1843 de 2017, estableciendo, entre otras consideraciones, que la Agencia Nacional de Seguridad Vial sería la llamada a autorizar las solicitudes de instalación de las ayudas tecnológicas, también llamadas sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de presuntas infracciones al tránsito (SAST) en el país, y que dicha entidad, en conjunto con el Ministerio de Transporte, establecerían los criterios de seguridad vial para la instalación y operación de dichas ayudas.

Que, en atención a este imperativo legal, se expidió la Resolución número 20203040011245 de 2020 conjuntamente entre el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la cual establece los siguientes criterios de seguridad vial para la...

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