Resolución Número 185 de 2019, por la cual se modifica el artículo 32A de la Resolución CREG 124 de 2013 - 1 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 839887926

Resolución Número 185 de 2019, por la cual se modifica el artículo 32A de la Resolución CREG 124 de 2013

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51214

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524 y 2253 de 1994, el Decreto número 1260 de 2013 y el Decreto número 1073 de 2015,

CONSIDERANDO QUE:

En ejercicio de sus facultades regulatorias previstas entre otras en la Ley 142 de 1994, el artículo 4º del Decreto número 1260 y el artículo 2º del Decreto número 1710 de 2013, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la Resolución CREG 124 de 2013,

por la cual se establecen las reglas para la selección del gestor del mercado de gas natural, las condiciones en que prestará sus servicios y su remuneración, como parte del reglamento de operación de gas natural.

En dicho acto administrativo, así como en su documento soporte, se encuentran consignadas las motivaciones, los análisis técnicos, económicos y jurídicos que sustentan la expedición de las medidas regulatorias para la selección del gestor del mercado, el alcance de sus servicios y su remuneración.

Dentro de este acto administrativo se dispuso que el período de vigencia de la obligación de prestación de los servicios, durante el cual el gestor del mercado está obligado a prestar sus servicios, se definiría mediante la resolución por la cual se da apertura al proceso de selección.

Mediante la Resolución CREG 021 de 2014 se dio apertura al proceso de selección del mercado de gas natural. En el artículo 6º de la citada resolución, se dispuso que el período de vigencia de la obligación de prestación de los servicios definido en la Resolución CREG 124 de 2013, tendría una duración de cinco (5) años contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de finalización del período de planeación.

Mediante la Resolución CREG 094 de 2014, se seleccionó como gestor del mercado de gas natural a la Bolsa Mercantil de Colombia y se estableció su ingreso anual esperado, IAE, para cada uno de los años del período de vigencia de la prestación de los servicios establecidos en la Resolución CREG 021 de 2014.

Teniendo en cuenta que la resolución CREG 094 de 2014 entró en vigencia el 2 de julio de 2014, el período de planeación inició el día 3 de julio del mismo año y culminó el día 3 de enero de 2015...

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