Resolución número 187 de 2019, por la cual se amplía el plazo para formular comentarios sobre el Proyecto de Resolución publicado mediante la Resolución CREG 176 de 2019 - 28 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844904843

Resolución número 187 de 2019, por la cual se amplía el plazo para formular comentarios sobre el Proyecto de Resolución publicado mediante la Resolución CREG 176 de 2019

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51328

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de las atribuciones legales, en especial, las conferidas por la Ley 142 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013; y,

CONSIDERANDO QUE:

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), mediante Resolución CREG 176 de 2019, publicada el 9 de diciembre de 2019 en su página web www.creg.gov.co, ordenó hacer público el proyecto de resolución "Por la cual se resuelve una actuación administrativa iniciada en virtud de una solicitud particular en interés general con base en lo establecido en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994.".

En el artículo 2º de la Resolución en mención se estableció un plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de dicha resolución en la página web de la Comisión para que los usuarios, los agentes, las autoridades locales, municipales y departamentales, las entidades y demás interesados remitan sus observaciones o sugerencias sobre el contenido del proyecto de resolución publicado en virtud de la misma.

La empresa GAS NATURAL S. A. ESP, VANTI, mediante comunicación con radicado CREG 2019-013441 del 11 de diciembre de 2019, formuló una solicitud de información "con el fin de poder replicar y analizar de manera completa el ejercicio efectuado por el Regulador" y la ampliación del plazo establecido para formular comentarios al proyecto de resolución de que trata la Resolución CREG 176 de 2019.

La Comisión encuentra que, con base en la metodología vigente contenida en la Resolución CREG 202 de 2013 y sus modificaciones, en el Proyecto de Resolución sometido a comentarios en virtud de la Resolución CREG 176 de 2019 y en su documento soporte CREG D-113-19, los agentes y el público en general cuentan con la información necesaria para replicar el ejercicio efectuado por la Comisión y, por tanto, no se requiere para el efecto de ninguna otra información adicional a la ya publicada por la CREG en su página web.

Sin perjuicio de la anterior precisión, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión 968 del 19 de diciembre de 2019, acordó ampliar el plazo en cuestión en diez (10) hábiles, contados a partir del día siguiente al vencimiento del término inicialmente otorgado para la formulación de comentarios sobre el Proyecto de Resolución publicado mediante la Resolución CREG 176 de 2019.

RESUELVE:

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