Resolución número 188 de 2019, por medio de la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución número 139 de 2017 - 27 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 809920477

Resolución número 188 de 2019, por medio de la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución número 139 de 2017

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Antropología e Historia
Número de Boletín51058

El Director General del Instituto Colombiano de Antropología e Historia, en uso de sus atribuciones legales, en especial de las que le confiere la Ley 397 de 1997, modificada por la Ley 1185 de 2008, el artículo 2.6.2.24 del Decreto compilatorio número 1080 de 2015, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el artículo 9º del Decreto 2667 de 1999, además de lo contenido en la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) es la única entidad estatal creada para garantizar el adecuado manejo al Patrimonio Arqueológico de la Nación.

Que el ICANH como única autoridad encargada de la protección y el adecuado manejo del Patrimonio Arqueológico de la Nación, expidió la Resolución número 139 de 2017 mediante la cual se estableció el procedimiento del "Registro Nacional de Arqueólogos", con el fin de definir los requisitos, términos, definiciones y otros aspectos que conllevaba el mencionado trámite.

Que teniendo en cuenta lo previsto en el Decreto 138 de 2019 que modifica la parte VI del Decreto único del Sector Cultura número 1080 de 2015, mediante el cual se establecieron los parámetros específicos respecto de la intervención arqueológica que deben realizar los profesionales idóneos que se encuentren registrados ante el ICANH en el trámite del "Registro Nacional de Arqueólogos", se evidencia que el trámite debe ser ajustado, con el fin de modificar los requisitos previstos en el artículo 3º de la Resolución número 139 de 2017 en aplicación de la racionalización y simplificación para establecer una redacción menos restrictiva, de modo tal que sea viable que un profesional que cuente con estudios de maestría o doctorado en arqueología o de antropología con énfasis en arqueología pueda hacer parte de la base de datos del mencionado trámite.

Que se hace necesario modificar aspectos del trámite del "Registro Nacional de Arqueólogos" para que se ajuste a la normativa vigente y se garantice así el adecuado manejo del Patrimonio Arqueológico de la Nación.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Primero. Modifíquese el artículo 3º de la Resolución número 139 de 2017 el cual quedará así:

Artículo 3º Requisitos.

El profesional interesado en solicitar el registro en la base del "Registro Nacional de Arqueólogos (RNA)" deberá cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:

  1. Título profesional en nivel de pregrado o maestría o doctorado en arqueología.

  2. Título...

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