Resolución número 1923 de 2014, por la cual se expide el anexo técnico del reglamento del juego localizado denominado Apuestas en Carreras y Deportes Virtuales - 24 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 540796310

Resolución número 1923 de 2014, por la cual se expide el anexo técnico del reglamento del juego localizado denominado Apuestas en Carreras y Deportes Virtuales

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar
Número de Boletín49314

El Vicepresidente de Desarrollo Organizacional en ejercicio de las funciones de Presidente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado, Administradora del Monopolio rentístico de los juegos de Suerte y Azar, (Coljuegos), en uso de las facultades legales y en especial de las contempladas en la Ley 643 de 2001, el Decreto-ley 4142 de 2011, y la Resolución número 1446 de 2014,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 4142 de 2011 se creó la Empresa Industrial y Comercial del Estado,Administradora del Monopolio Rentístico de Juegos de Suerte yAzar, (Coljuegos).

Que la Junta Directiva de Coljuegos en uso de sus facultades legales, aprobó, mediante el Acuerdo número 14 del 19 de noviembre de 2013 el reglamento del juego de suerte y azar, de la modalidad localizado, denominado "Apuestas en Carreras y Deportes Virtuales" y expedido a través de la Resolución número 2122 del 13 de diciembre de 2013 del Presidente de Coljuegos.

Que en el literal a) del artículo 4º del mencionado reglamento se definió el anexo técnico como "Documento maestro, expedido por Coljuegos, en donde se establecen los

requisitos técnicos mínimos que deben ser cumplidos por el operador para garantizar la operación del juego en sus diferentes componentes (Sistema Central del Juego, terminales de venta y red de comunicaciones), así como para la generación, procesamiento y transmisión de la información administrativa, financiera, de control y de apuestas requerida por Coljuegos".

Que el anexo técnico es complementado por el documento denominado "Especificaciones Técnicas y Requerimientos para el Envío de Información de Operadores de ACDV", dentro del cual se definen los reportes de ventas, pagos, eventos e incidencias que deberán suministrar los operadores del juego durante la ejecución del contrato de concesión.

Que se hace necesario expedir el Anexo Técnico y las Especificaciones Técnicas y Requerimientos para el Envío de Información por parte de los Operadores de ACDV, según se estableció en el reglamento del juego.

Que en virtud de lo estipulado en el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011, se publicó en la página web de la entidad el proyecto de anexo técnico y las especificaciones técnicas y requerimientos para el envío de información, desde el día 19 hasta el día 26 de septiembre de 2014, y como resultado de lo anterior no se presentaron observaciones.

Por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Expedir el Anexo Técnico del Acuerdo número 14 del 19 de noviembre de 2013, el cual contiene los requisitos técnicos de operación del juego de suerte y azar, de la modalidad localizados denominado "Apuestas en Carreras y Deportes Virtuales", documento que hace parte integral de la presente resolución y será de obligatorio cumplimiento para los operadores del juego.
Artículo 2º Expedir las Especificaciones Técnicas y Requerimientos para el Envío de Información de Operadores de ACDV, las cuales son complemento del Anexo Técnico del juego de suerte y azar, de la modalidad localizados, denominado "Apuestas en Carreras y Deportes Virtuales", documento que hace parte integral de la presente resolución y será de obligatorio cumplimiento para los operadores del juego.
Artículo 3º La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 2014.

El Vicepresidente de Desarrollo Organizacional, en ejercicio de las Funciones de Presidente,

Luis Ómar Torrado Mantilla.

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL SISTEMA - ANEXO TÉCNICO-PARA OPERACIÓN DE APUESTAS EN CARRERAS Y DEPORTES VIRTUALES

COLJUEGOS

CONTENIDO

GLOSARIO

  1. ASPECTOS TÉCNICOS GENERALES

    1.1. Requisitos Funcionales, Tecnológicos y Logísticos de Funcionalidad del Sistema

    Central del Juego (SCJ)

    1.2. Requisitos Generales de Funcionalidad para el Generador del Número Aleatorio

    1.3. Requisitos Generales de la Terminal de Venta (TDV)

    1.3.1. Requisitos de Identificación Física del Terminal de Venta

    1.3.2. Impresoras de Tiquetes

    1.4. Requisitos Generales para la Comunicación

    1.4.1. Red de Comunicaciones

    1.4.2. Requisitos para los Protocolos de Comunicación

    1.4.3. Pérdida de Comunicación

  2. REQUISITOS TECNOLÓGICOS DEL SISTEMA CENTRAL DEL JUEGO (SCJ)

    2.2. Base de Datos del Sistema Central del Juego

    2.2.1. Acceso a la Base de Datos

    2.2.2. Información Almacenada en la Base de Datos

    2.3. Estaciones de Trabajo del SCJ

  3. REQUISITOS DE SEGURIDAD

    3.2. Control de Acceso

    3.3. Seguridad en el Sistema de Comunicación

    3.4. Seguridad en el Acceso Remoto

    3.5. Alteración de Datos

    3.6. Control del Sistema Central del Juego y de su Réplica

    3.7. Copias de Respaldo y Recuperación

    3.8. Requisitos para la Recuperación

    3.9. Registro, Trazabilidad de las Operaciones de Juego y la Base de Datos.

  4. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

  5. CERTIFICACIÓN

  6. MODIFICACIONES GLOSARIO

  7. ACDV: Apuestas en Carreras y Deportes Virtuales, es un juego de la modalidad de localizados, que opera a través de un Sistema Central del Juego y un Generador de Números Aleatorios, los cuales cumplen con las especificaciones definidas por Coljuegos y determinan el resultado de un evento virtual.

  8. Base de Datos (BD): colección de información organizada, que para el presente documento, es la información de control, contadores y registros de auditoría que residen en el Sistema Central del Juego (SCJ).

  9. Canal Dedicado: Es una conexión física que permite estar conectado permanentemente para cursar tráfico de información únicamente de cierto tipo entre dos sitios, como lo es entre el Operador y Coljuegos.

  10. Contadores: totalizadores o acumuladores de la cantidad de jugadas y valores que genera el Terminal de Venta (TDV) de un juego.

  11. Generador de número aleatorio (GNA): Sistema de hardware o software que produce secuencias de números estadísticamente independientes e impredecibles.

  12. En línea: expresión que se utiliza para denotar que un elemento se encuentra conectado o hace parte en forma permanente de un sistema de información. La operación en línea implica, además, que los programas se ejecutan de tal forma que los datos se actualizan de inmediato en los archivos del sistema.

  13. Especificaciones Técnicas y Requerimientos para el Envío de Información Operadores: Documento que contiene las especificaciones para el envío de la información administrativa, de control y de apuestas por parte de los Operadores a Coljuegos.

  14. Evento: simulación gráfica generada por un sistema informático, de una carrera, deporte, o cualquier otra competencia virtual que sea objeto de apuesta.

  15. Información de control: Sucesos generados por los terminales de ventas que se utilizan para realizar control a la operación. Ejemplos: apuesta anulada y reseteo del terminal de venta.

  16. Interfaz de comunicaciones: dispositivo electrónico o componente de software que permite la comunicación de la información entre los Terminales de Venta y el Sistema Central del Juego.

  17. Operador del juego: persona jurídica responsable de operar el juego, dando cumplimiento a las obligaciones fijadas por la ley, el reglamento del juego, los presentes requerimientos técnicos para la operación del juego, y el contrato de concesión.

  18. Protocolo de comunicaciones: conjunto de reglas normalizadas que permiten el intercambio de información entre equipos informáticos, así como posibles métodos de recuperación de errores.

  19. Proveedor de servicios de comunicaciones: persona jurídica responsable de la operación de redes y/o provisión de servicios de telecomunicación a terceros.

  20. Red de comunicaciones: elementos que garantizan la comunicación confiable y oportuna entre los diferentes elementos que conforman la plataforma tecnológica del juego, y los equipos en los locales (servidores, monitores y terminales de venta), para asegurar la adecuada operación y continuidad del juego.

  21. Servidor central: equipo de cómputo del Sistema Central del Juego que aloja las aplicaciones y las base de datos.

  22. Sistema Central del Juego (SCJ): plataforma tecnológica que soporta el juego, la cual está compuesta por los elementos de hardware y el conjunto de programas (software) que garantizan la adecuada operación del juego: software Central de Validación de Apuestas, el software Controlador del Juego, el Generador de Número Aleatorio, el software de Apuestas en Carreras y Deportes Virtuales, el software y hardware de almacenamiento, y el software de gestión.

    · Software Central de Validación de Apuestas: software donde se reciben, validan, procesan y almacenan las apuestas que se realizan en los diferentes terminales de venta. Garantiza el correcto funcionamiento de las apuestas.

    · Software Controlador del Juego: software que genera la programación diaria de los eventos a ser trasmitida a los locales de juego. Recibe información del software Central de Validación de Apuestas para determinar a futuro la programación más apropiada de eventos de acuerdo al comportamiento del mercado.

    · Software y Hardware de Almacenamiento: conjunto de...

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