Resolución número 1936 de 2019, por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la Planta de Personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - 10 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 829841041

Resolución número 1936 de 2019, por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la Planta de Personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51163

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere la Ley 489 de 1998, el Decreto 210 de 2003, el Decreto 1083 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 en concordancia con el numeral 12 del artículo 7º del Decreto 210 de 2003 señala que es función del Ministro "Dirigir las funciones de administración de personal conforme a las normas sobre la materia";

Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015 señala que las Entidades del Estado expedirán el manual específico de funciones y de competencias laborares describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personas y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio;

Que el inciso segundo del artículo 2.2.2.6.1 ibídem dispone que la adopción, adición, modificación o actualización del manual específico, se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad;

Que mediante Resolución 2469 de 2016 se estableció el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo;

Que mediante Resolución 0167 de 2017 se adicionó al Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, creando cinco perfiles con funciones correspondientes al nivel Profesional Especializado Código 2028 Grado 20 y un cargo de profesional especializado Código 2028 Grado 14;

Que mediante Resolución 0523 de 2018 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, en lo relacionado a las funciones establecidas a los empleos del Nivel Asesor, Código 1020, Grado 8 de la Dirección de Comercio Exterior, con el propósito de optimizar el ejercicio de funciones asignadas a esta dependencia;

Que mediante Resolución 0716 de 2019 se modificó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, en lo referente a los empleos del nivel directivo cuyos requisitos se encuentran determinados en normas especiales, así como los empleos del mismo nivel que en su identificación carecen de grado de remuneración;

Que mediante Resolución 1415 de 2019 se modificó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales en lo atinente al cambio de naturaleza de un empleo del Nivel Profesional Especializado, Código 2028, Grado 15;

Que el Decreto Ley 770 de 2005, establece el sistema de funciones y de requisitos generales que regirá para los empleos públicos pertenecientes a los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Entes Universitarios Autónomos, Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas, del orden nacional;

Que el Capítulo 4, del Decreto 1083 de 2015 dispone los requisitos de los empleos por niveles jerárquicos y grados salariales;

Que el Decreto 815 de 2018 modificatorio del Decreto 1083 de 2015, determino las competencias comportamentales laborales comunes a los empleos públicos y las generales de los distintos niveles jerárquicos en que se agrupan los empleos de las entidades públicas;

Que la Resolución 0667 de 2018 del Departamento Administrativo de la Función Pública, estableció el catálogo de competencias funcionales para las áreas o procesos transversales de las entidades públicas;

Que el Grupo de Talento Humano adelantó estudio correspondiente para efectos de establecer el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Entidad, determinando que se hace necesario la modificación y actualización por cuanto se debe adecuar a las dinámicas institucionales, al cambio de normatividad, a las directrices del Departamento Administrativo de la Función Pública y a las necesidades de la Entidad;

Que la Secretaria General a través del Grupo de Talento Humano adelantó sesiones de trabajo con las diferentes dependencias del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con el fin de actualizar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, conforme a los lincamientos del Departamento Administrativo de la Función Pública y la normatividad vigente;

Que enatenciónalo dispuesto en el parágrafo 3º del artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, la modificación a que se refiere el presente acto administrativo fue socializada con la Asociación Sindical de Servidores Públicos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y sus entidades adscritas y vinculadas - Asemext, mediante comunicación interna y reunión;

Que el proyecto de resolución fue publicado en la página web del Ministerio de Comercio, Industriay Turismo, en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 8 del artículo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011, el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015 modificado por el Decreto 1609 de 2015 y el artículo Iº de la Resolución 0784 del 28 de abril de 2017, expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, atendiéndose en lo pertinente los comentarios y observaciones presentados por los servidores;

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo Iº Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales.

Establecer el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, fijada por los Decretos 213 de 2003,431 y 1022 de 2004,278, 543, 3851,4061,4270 de 2005,2786 de 2006, 3217 de 2007, 2701 de 2008, 4930 de 2011, 2623 de 2013 y 2150 de 2016, el cual contiene área funcional, propósito principal del empleo, funciones esenciales, conocimientos básicos o esenciales, competencias comportamentales comunes y por nivel jerárquico, requisitos de formación académica y experiencia, y sus respectivas equivalencias:

Artículo 4º Requisitos especiales.

Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, los grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos no podrán ser homologadas por experiencia y otras calidades, salvo cuando expresamente exista una disposición legal que así lo permita.

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