Resolución número 1963 de 2018, por medio de la cual se ordena dar cumplimiento a la Consulta Popular del municipio de Cajamarca y se dictan otras disposiciones - 24 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 735691357

Resolución número 1963 de 2018, por medio de la cual se ordena dar cumplimiento a la Consulta Popular del municipio de Cajamarca y se dictan otras disposiciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Tolima
Número de Boletín50664

El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima), en uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las estipuladas en la Ley 99 de 1993, Ley 1437 de 2011, Decreto número 1076 de 2015, Acuerdos de Asamblea Corporativa de Cortolima números 004 y 006 de 2013, demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

1. OBJETO:

Procede la Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima) a dar cumplimiento al mandato resultante de la consulta popular adelantada en el municipio de Cajamarca el día 26 de marzo de 2017, adoptada formalmente mediante Acuerdo número 003 de 2017 por parte del Concejo Municipal de Cajamarca.

  1. ANTECEDENTES:

    Que un grupo de ciudadanos promovió e impulsó la aplicación de un mecanismo de participación ciudadana en la categoría de consulta popular, avalado mediante Resolución número 03 del 3 de mayo de 2016, expedida por la Registraduría Nacional de Estado Civil de Cajamarca, (Tolima).

    Que el 4 de noviembre de 2016, el Honorable Tribunal Administrativo del Tolima avaló la Constitucionalidad y legalidad de la consulta popular y que posteriormente, mediante fallo del 19 de enero de 2017, el Consejo de Estado ajustó la pregunta formulada en la convocatoria de tal mecanismo de participación ciudadana.

    Que el 26 de marzo de 2017, se llevó a cabo la consulta popular cuyo objeto fue determinar si los ciudadanos de dicho municipio apoyaban o no la ejecución de proyectos y actividades mineras en su territorio.

    Con una participación mayor a la tercera parte del Censo Electoral, como lo determina el artículo 41 de la Ley 1757 de 2015, 6.165 ciudadanos votaron por el "NO" y 76 ciudadanos por el "SÍ", para un porcentaje resultante de 97.92%.

    Dando cumplimiento a la Consulta Popular y al artículo 42 de la Ley 1757 de 2015, el Concejo Municipal de Cajamarca mediante Acuerdo número 003 del 27 de mayo de 2015, adoptó la decisión ciudadana, y ordenó publicar y comunicar al Ministerio de Minas y Energía, a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), al Ministerio de Medio Ambiente y a...

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