Resolución número 198 de 2017, por la cual se prorroga el término de respuesta a unos cuestionarios en el examen quinquenal que inició mediante la Resolución número 156 del 22 de septiembre de 2017 - 14 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696914929

Resolución número 198 de 2017, por la cual se prorroga el término de respuesta a unos cuestionarios en el examen quinquenal que inició mediante la Resolución número 156 del 22 de septiembre de 2017

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50417

El Director de Comercio Exterior en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 5 y 7 del artículo 18 del Decreto número 210 de 2003 modificado por el artículo 3º del Decreto número 289 de 2015, el Decreto número 1750 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 156 del 22 de septiembre de 2017, publicada en el Diario Oficial 50.368 el 26 de septiembre de 2017, la Dirección de Comercio Exterior ordenó el inicio del examen quinquenal con el objeto de determinar si la supresión del derecho antidumping impuesto mediante las Resoluciones número 173 del 20 de agosto de 2014 y número 194 del 4 de diciembre de 2015 a las importaciones de plastificante DOP (DI 2 Ethilexilftalato) clasificadas en la subpartida arancelaria 2917.32.00.00 originarias de México y la República de Corea, permitiría la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 28 y 68 del Decreto número 1750 de 2015 y en el artículo 4 de Resolución No. 156 del 22 de septiembre de 2017, a través de diferentes comunicaciones la Subdirección de Prácticas Comerciales remitió el 29 de septiembre de 2017 copia de dicha resolución e indicó dónde se podrían consultar los formularios, a los importadores y comercializadores, así como a las embajadas de México y de la República de Corea en Colombia, con el fin de obtener la información pertinente dentro de los términos del citado artículo 28, es decir, hasta el 15 de noviembre de 2017, para contar de esta manera con elementos de juicio suficientes que permitan adelantar la investigación.

Que la...

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