Resolución número 1987 de 2018, por medio de la cual se prorroga el término de duración de las zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente establecidas mediante la Resolución número 1814 de 2015, modificada por la Resolución número 2157 de 2017 y se adoptan otras determinaciones - 2 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 744758277

Resolución número 1987 de 2018, por medio de la cual se prorroga el término de duración de las zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente establecidas mediante la Resolución número 1814 de 2015, modificada por la Resolución número 2157 de 2017 y se adoptan otras determinaciones

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín50765

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 5º, numerales 2, 5, 14, 19 y 24 de la Ley 99 de 1993, el artículo 2º del Decreto-ley 3570 de 2011, la Resolución número 1814 de 2015 y la Resolución número 2157 de 2017,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante la Resolución número 1814 de 12 de agosto de 2015, publicada en el Diario Oficial número 49.675 de 24 de octubre de 2015, declaró unas zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente las cuales corresponden a 57 polígonos;

Que dicho acto administrativo señaló que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible "... con fundamento en los resultados y estado de avance de los procesos de delimitación y declaración definitivos, podrá prorrogar el término anteriormente señalado";

Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a partir de los resultados y avance en los procesos de delimitación y declaración de los polígonos consignados en la Resolución número 1814 de 2015, prorrogó el término de duración de las zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente establecidas mediante la Resolución número 1814 de 2015, pasando de 57 polígonos a 35, teniendo en cuenta que 12 fueron declarados y sobre 10 polígonos, a cargo de la Corporación Autónoma Regional de Norte de Santander (Corponor), esta autoridad ambiental expresó en el Oficio número E1-2017-021501 del 18 de agosto de 2017, "que no presentaron avances ni son posibles de gestión para su declaratoria" , por lo cual no fueron incluidos en la prórroga;

Que teniendo en cuenta lo anterior, las Corporaciones Autónomas Regionales y Desarrollo Sostenible presentaron a Parques Nacionales Naturales de Colombia, como coordinador del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (Sinap), los resultados y estado de avance de los procesos de delimitación y declaración de los polígonos consignados en la Resolución número 2157 de 2017, quien consolidó dicha información y la presentó a este Ministerio mediante Radicado número MADS- E1-2018-029670 del 4 de octubre de 2018, en el cual se detalla el estado actual de cada uno de los polígonos;

Que así las cosas, aun cuando ha habido avance en la declaratoria de áreas protegidas regionales en las zonas de protección de que trata este acto administrativo, el deber de colaboración y la necesidad de aplicar el principio de precaución persiste en aquellas áreas que aún no han culminado su proceso de declaratoria, y que se constituyen como zonas de interés minero, para lo cual deberá hacerse efectiva la continuidad de una medida de carácter excepcional que permita proteger transitoriamente la diversidad biológica allí existente, mientras la autoridad ambiental competente adelanta el proceso de delimitación y declaración definitiva dentro de las zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente que sean establecidas, conforme la normatividad vigente y en los casos a que haya lugar;

Que para efectos de la prórroga de los efectos de las zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, se adelantó con la Agencia Nacional de Minería (ANM), el deber de colaboración de que trata el artículo 34 de la Ley 685 de 2001 y el artículo 2.2.2.1.5.4 del Decreto número 1076 de 2015, a través de una reunión llevada a cabo el día 8 de octubre de 2018, donde se analizaron los resultados del avance en los procesos de declaratoria, a partir de la información entregada por Parques Nacionales Naturales al MADS;

Que respecto de los 35 polígonos determinados en la Resolución número 2157 de 2017, y a partir de la información contenida en el informe presentado por Parques Nacionales Naturales a este Ministerio, se identificó que 6 polígonos se declararon y delimitaron como áreas protegidas públicas (Ver Tabla 1), 22 mantienen la propuesta de área señalada en el acto administrativo citado (Ver Tabla 2), 2...

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