Resolución número 200-000558 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 100-002657 del 25 de julio de 2016 - 23 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 734820545

Resolución número 200-000558 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 100-002657 del 25 de julio de 2016

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín50663

El Superintendente de Sociedades, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, en las previstas en los artículos 23 y 36 de la Ley 1778 de 2016 y en el numeral 15 del artículo

80 del Decreto 1023 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que el 2 de febrero de 2016, el Presidente de la República sancionó la Ley 1778 "por la cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional".

Segundo. Que la Ley 1778 de 2016, definió el régimen sancionatorio y las disposiciones procedimentales dirigidas al combate y prevención de la conducta de soborno transnacional, entre otros asuntos.

Tercero. Que el artículo 7º de la misma ley incluyó la "existencia, ejecución y efectividad" de los programas y mecanismos a los que se hace mención en el artículo 23 de la Ley 1778 de 2016 como uno de los criterios para la graduación de las sanciones por hechos de soborno trasnacional.

Cuarto. Que conforme lo determina el mencionado artículo 23, es deber de la Superintendencia de Sociedades, promover en las personas jurídicas sujetas a su vigilancia (las "Sociedades"), la adopción de programas de transparencia, ética empresarial y mecanismos de prevención de las conductas señaladas en el artículo 2º de la Ley 1778 de 2016 (los "Programas de Ética Empresarial").

Quinto. Que debido al componente trasnacional de las conductas descritas en el artículo 2º referido, la Superintendencia de Sociedades estableció los criterios que deben ser tenidos en cuenta por las sociedades para determinar si deben adoptar un Programa de Ética Empresarial, mediante la Resolución 100-002657 de 25 de julio de 2016.

Sexto. Que es necesario modificar el contenido de la Resolución 100-002657 con el propósito de dar claridad sobre el carácter acumulativo de los criterios allí señalados.

Séptimo. Que respecto de las sociedades que periódicamente cumplen con los criterios para adoptar un Programa de Ética Empresarial, es importante precisar la fecha a partir de la cual deben acatar tal obligación.

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar

el artículo 1º de la Resolución número 100-002657 del 25 de julio de 2016, el cual quedará así:

"Artículo 1º. Criterios para determinar qué Sociedades deben adoptar los Programas de Ética Empresarial.

Estarán obligadas a adoptar un Programa de Ética Empresarial las Sociedades...

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