Resolución número 00185 de 2007, por la cual se modifica la Resolución 071 de 2007. - 9 de Agosto de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50464357

Resolución número 00185 de 2007, por la cual se modifica la Resolución 071 de 2007.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín46715

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de facultades constitucionales y legales y en especial las contenidas en los articulos 6° y 8° del Decreto 3149 de 2006 y el Decreto 414 de 2007, RESUELVE:

Articulo 1° Modificar el articulo 4° la Resolucion 071 de 2007 "mediante la cual se determinan las condiciones y forma de expedicion del bono de venta", el cual quedara asi: "Articulo 4°

Componentes del Bono de Venta. Cada bono de venta contendra la siguiente informacion: * Numero de Bono de Venta.

* Nombre de la Organizacion Gremial Ganadera o Alcaldia Municipal.

* Codigo de la Organizacion Gremial o Alcaldia Municipal.

* Ubicacion de la Organizacion Gremial o Alcaldia Municipal -Incluye Departamento y Municipio.

* Valor del bono.

* Fecha de expedicion del bono de venta.

* Medio de pago del bono.

* Tipo de identificacion del propietario (vendedor).

* Numero de identificacion del propietario (vendedor).

* Nombres y apellidos del propietario (vendedor).

* Nombre de establecimiento de ubicacion.

* Codigo de establecimiento de ubicacion.

* Departamento de ubicacion.

* Municipio de ubicacion.

* Registro unico de vacunacion.

* Tipo de identificacion de la persona autorizada por el propietario (vendedor).

* Numero de identificacion de la persona autorizada por el propietario (vendedor).

* Nombres y apellidos de la persona autorizada por el propietario (vendedor).

* Tipo de identificacion del comprador.

* Numero de identificacion del comprador.

* Nombres y apellidos del comprador.

* Tipo de identificacion de la persona autorizada por el comprador.

* Numero de identificacion de la persona autorizada por el comprador.

* Nombres y apellidos de la persona autorizada por el comprador.

* Especie.

* Categoria.

* Cantidad de cabezas comercializadas.

* Hierros (Marcas) y/o codigos de identificacion nacional registrados del vendedor o enajenante que lo acreditan como propietario del ganado.

* Firmas del vendedor o enajenante, del comprador o adquiriente y de la Organizacion Gremial o Alcaldia Municipal segun el caso.

Paragrafo 1°. Si el comprador o vendedor no pueden firmar el bono de venta, por en contrarse en un lugar diferente o por cualquier otra circunstancia, el bono sera firmado...

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