Resolución número 2017-3687 de 2017, por medio de la cual se aprueba el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica del río La Miel y se dictan otras disposiciones - 9 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 708486401

Resolución número 2017-3687 de 2017, por medio de la cual se aprueba el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica del río La Miel y se dictan otras disposiciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Caldas
Número de Boletín50559

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas) y el Director General de la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los ríos Negro y Nare (Cornare), en ejercicio de las atribuciones legales que le confieren el Decreto-ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1640 de 2012,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 99 de 1993, en su artículo 31, numeral 18, fija como función de las Corporaciones Autónomas Regionales "Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y a las políticas nacionales (...)".

Que el Decreto 1076 de 2015 reglamentó el artículo 316 del Decreto-ley 2811 de 1974 en relación con los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos del país, de conformidad con la estructura definida en la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico.

Que el Decreto 1076 de 2015 en su artículo 2.2.3.1.5.1 define el Plan de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas como el "instrumento a través del cual se realiza la planeación del uso coordinado del suelo, de las lagunas, de la flora y la fauna y el manejo de la cuenca, entendido como la ejecución de obras y tratamientos, en la perspectiva de mantener el equilibrio entre el aprovechamiento social y económico de tales recursos y la conservación de la estructura físico-biótica de la cuenca y particularmente del recurso hídrico" . Y en el parágrafo 1º, indica que "es función de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible la elaboración de los Planes de Ordenación y Manejo de las Cuencas Hidrográficas de su jurisdicción, así como la coordinación de la ejecución y evaluación de los mismos".

Que de acuerdo con la sección 8 del Decreto 1076 de 2015 "De las Comisiones Conjuntas" mediante Acta 001 del 5 de junio de 2014, publicada en Diario Oficial número 49.173, se reconformó la comisión conjunta para la subzona hidrográfica del río La Miel, integrada por la Directora de Gestión Integral del Recurso Hídrico del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado, quien la preside, el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas) o su delegado y el Director General de la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los ríos Negro y Nare (Cornare) o su delegado.

Que el artículo 4º de la citada acta dispone que las entidades integrantes de la Comisión expedirán los actos administrativos conjuntos que se requieran con ocasión de la ordenación y manejo de la cuenca hidrográfica común.

Que la cuenca hidrográfica del río La Miel fue declarada en ordenación en el año 2014 mediante Resoluciones número 398-00 del 28 de octubre de Corpocaldas y 1125190 del 30 de octubre en Cornare, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.2.3.1.6.1 del

Decreto 1076 de 2015.

Que el Decreto 1076 de 2015 en su artículo 2.2.3.1.5.6 define que...

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