Resolución número 20171200007444 de 2017, por la cual se reglamentan los plazos para la publicación de proyectos específicos de regulación expedidos por Coljuegos - 19 de Abril de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 677692229

Resolución número 20171200007444 de 2017, por la cual se reglamentan los plazos para la publicación de proyectos específicos de regulación expedidos por Coljuegos

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentísticode los Juegos de Suerte y Azar
Número de Boletín50209

El Presidente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), en uso de las facultades legales y especialmente las señaladas en el numeral 8 del artículo Decreto 1451 de

2015 y el Decreto 270 del 14 de febrero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política señala como uno de los fines esenciales del Estado facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan;

Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad;

Que el artículo 1º de la Ley 643 de 2001 define el Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar como la facultad exclusiva del Estado para explotar, organizar, administrar, operar, controlar, fiscalizar, regular y vigilar todas las modalidades de juegos de suerte y azar, y para establecer las condiciones en las cuales los particulares pueden operarlos, facultad que siempre se debe ejercer como actividad que debe respetar el interés público y social y con fines de arbitrio rentístico a favor de los servicios de salud, incluidos sus costos prestacionales y la investigación;

Que en cuanto a las actuaciones administrativas, el artículo 3º de la Ley 1437 de 2011, dispone la debida sujeción a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad;

Que en virtud del principio de participación que rigen las actuaciones administrativas de que trata el numeral 6 del citado artículo 3º de la Ley 1437 de 2011, "las autoridades promoverán y atenderán las iniciativas de los ciudadanos, organizaciones y comunidades encaminadas a intervenir en los procesos de deliberación, formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública" ;

Que el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011 dispone el deber de las autoridades de informar al público de los proyectos específicos de...

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