Resolución número 2018053023 de 2018, por la cual se crea el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable y de Cartera en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), se define el reglamento para su funcionamiento y se derogan las Resoluciones números 2013038609 de 2013 y 2015049597 de 2015 - 10 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 749157937

Resolución número 2018053023 de 2018, por la cual se crea el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable y de Cartera en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), se define el reglamento para su funcionamiento y se derogan las Resoluciones números 2013038609 de 2013 y 2015049597 de 2015

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Número de Boletín50803

El Director General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 22 del artículo 10 del Decreto número 2078 de octubre de 2012,

CONSIDERANDO:

Que los artículos 209 y 269 de la Constitución Política determinan el marco general sobre la obligatoriedad de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de Control Interno por parte de las entidades y organismos del sector público.

Que el artículo 3º de la Ley 87 de 1993, "por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", establece como característica que el Sistema de Control Interno forma parte integrante de los sistemas contables, financieros, de planeación y operacionales de la respectiva Entidad.

Que el artículo 11 de la Ley 298 de 1996, "por la cual se desarrolla el artículo 354 de la Constitución Política, se crea la Contaduría General de la Nación como una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se dictan otras disposiciones sobre la materia" , establece que las entidades u organismos de carácter público que actualmente se encuentran sujetos a normas contables expedidas por organismos que ejerzan funciones de inspección, vigilancia y control, deberán aplicar las políticas, normas y principios contables que determine la Contaduría General de la Nación, en los términos y condiciones que esta establezca.

Que el Contador General de la Nación expidió la Resolución número 119 de 2006 "Por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del control interno contable" , se adoptó el Modelo Estándar de Procedimiento para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública.

Que el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública debe ser aplicado por los entes públicos incluidos en el ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública.

Que de conformidad con el artículo 1º de la Ley 1066 de 2006, "por la cual se dictan normas para la normalización de la cartera pública y se dictan otras disposiciones", y a los principios que regulan la Administración Pública contenidos en el artículo 209

de la Constitución Política, los servidores públicos que tengan a su cargo el recaudo de obligaciones a favor del Tesoro Público deberán realizar su gestión de manera ágil, eficaz, eficiente y oportuna, con el fin de obtener liquidez para el Tesoro Público.

Que la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20142018 "Todos por un nuevo país" mediante el artículo 163 modificó el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011, sobre movilización de activos, señala que las entidades públicas del orden nacional con excepción de las entidades financieras de carácter estatal, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las Sociedades de Economía Mixta y las entidades en liquidación, deberán vender los inmuebles que no requieran para el ejercicio de sus funciones y la cartera con más de ciento ochenta (180) días de vencida, al colector de activos de la Nación, Central de Inversiones (CISA), para que este las gestione. La cartera de naturaleza coactiva y la que no esté vencida, podrá ser entregada...

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