Resolución número 20181000016094 de 2018, por medio de la cual se establecen los términos y condiciones para realizar el inventario de las máquinas electrónicas tragamonedas (MET) autorizadas en los contratos de concesión de juegos de suerte y azar localizados - 7 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 716841561

Resolución número 20181000016094 de 2018, por medio de la cual se establecen los términos y condiciones para realizar el inventario de las máquinas electrónicas tragamonedas (MET) autorizadas en los contratos de concesión de juegos de suerte y azar localizados

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Empresa industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar
Número de Boletín50586

El Presidente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en particular de las contempladas en el literal f) del artículo 43 de la Ley 643 de 2001, y los numerales 1, 2 y 8 del artículo 5º del Decreto número 1451 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento del artículo 336 de la Constitución Política, la Ley 643 de 2001 fijó el Monopolio Rentístico de Juegos de Suerte y Azar y definió como facultad exclusiva del Estado, explotar, organizar, administrar, operar controlar, fiscalizar, regular y vigilar todas las modalidades de juegos de suerte y azar.

Que el artículo 32 de la Ley 643 de 2001 definió los juegos localizados como la modalidad de juegos de suerte y azar que operan con equipos o elementos de juegos, en establecimientos de comercio, a los cuales asisten los jugadores como condición necesaria para poder apostar, tales como los bingos, videobingos, esferódromos, máquinas tragamonedas, y los operados en casinos y similares.

Que de conformidad con el artículo 32 de la Ley 643 de 2001 y el artículo 1º del Decreto número 1451 de 2015, la Empresa, Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos) detenta la competencia para la explotación y administración de los juegos localizados.

Que el artículo 43 de la Ley 643 de 2001 establece las facultades de fiscalización sobre derechos de explotación que ostentan las entidades públicas administradoras del monopolio de juegos de suerte y azar para asegurar el efectivo cumplimiento de las obligaciones a cargo de los y señala que para tal efecto podrán:

"(...) f) Efectuar todas las diligencias necesarias para la correcta fiscalización y oportuna liquidación y pago de los derechos de explotación".

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Decreto número 1451 de 2015, la Vicepresidencia de Operaciones de Coljuegos tiene como funciones, en otras:

"(...) 3. Proponer a la Oficina Jurídica las modificaciones a los contratos de operación de juegos de suerte y azar.

4. Controlar el inventario de los elementos relacionados en el contrato de concesión para la operación de juegos localizados, con elfin de tomar las acciones a que haya lugar.

(...)".

Que en desarrollo de la resolución por medio de la cual se fija el trámite y los requisitos para la autorización y concesión de la operación de juegos de suerte y azar en la modalidad de localizados, el inventario de las MET para el contrato de concesión está conformado por los datos; de marca, serial, tipo de apuesta y número único de Coljuegos (NUC).

Que en el Sistema de Información de Coljuegos (Siicol), cada MET cuenta con los datos del código del establecimiento de comercio en el cual está ubicada y tiene una marcación que permite identificar si está o no conectada en línea a través del Sistema de conexión en línea MET (SCLM), estos dos últimos datos obtenidos por la operación de las MET.

Que en los contratos de concesión celebrados para la explotación de juegos localizados se incluyen como obligaciones de los concesionarios, entre otras, la de dar aplicación a las normas que sobre identificación y control de los elementos de juego establezca Coljuegos; así como cumplir con las condiciones que determine Coljuegos relacionadas con la identificación de los elementos de juego y la confiabilidad en la operación de los juegos de suerte y azar localizados.

Que uno de los objetivos estratégicos de la entidad es fomentar un sector con mejores prácticas, lo que implica realizar procesos de formalización y profesionalización del sector.

Que la Agencia del Inspector de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales (ITRC), en el informe de la Inspección realizada al Sistema de Conexión en Línea MET y en cumplimiento de su función de control, ha recomendado a la entidad realizar un inventario del parque de MET autorizadas en los contratos de concesión.

Que con miras a contar con la información necesaria y suficiente para controlar el inventario de MET que operan en el país, la Junta Directiva de Coljuegos aprobó un proyecto con el objetivo general de realizar el inventario de las MET autorizadas en los contratos de concesión, que tiene los siguientes objetivos específicos:

  1. Individualizar con información primaria las MET autorizadas, para mejorar los procesos de autorización, seguimiento contractual y fiscalización.

  2. Contar con información del Sistema de Conexión en Línea MET que utiliza cada elemento, para mejorar el proceso de liquidación y fiscalización.

  3. Adelantar las acciones de control y administración del inventario de MET, garantizando la trazabilidad de los movimientos en el Sistema de Información de Coljuegos

    (Siicol).

  4. Facilitar la identificación de MET ilegales, realizando la marcación de las MET autorizadas e implementando desarrollos tecnológicos que faciliten dicha labor.

  5. Generar información para la toma de decisiones...

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