Resolución número 20203040021135 de 2020, por la cual se prorroga el plazo establecido en el artículo 23 de la Resolución 1347 de 2017, prorrogado por las Resoluciones 1487 de 2018 y 023 de 2019, del Ministerio de Transporte - 12 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 852215006

Resolución número 20203040021135 de 2020, por la cual se prorroga el plazo establecido en el artículo 23 de la Resolución 1347 de 2017, prorrogado por las Resoluciones 1487 de 2018 y 023 de 2019, del Ministerio de Transporte

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín51496

La Ministra de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 1º de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1º de la Ley 1383 de 2010 y los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6º del Decreto 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Transporte, a través de la Resolución 1349 de 2017, reglamentó las condiciones de habilitación para los Centros de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE) y las condiciones, características de seguridad y el rango de precios del examen teórico y práctico para la obtención de la licencia de conducción en el territorio nacional.

Que el artículo 23 de la Resolución 1349 de 2017 estableció que la misma entraría en vigencia en un plazo de doce (12) meses contados a partir de la publicación en el Diario Oficial, es decir, a partir del 12 de mayo de 2017, con el fin de que los aspirantes a habilitarse cumplieran las condiciones de personal, equipos e instalaciones exigidas, para la realización del examen teórico y práctico de conducción.

Que el plazo antes señalado fue prorrogado mediante el artículo 2º de la Resolución 1487 de 2018 por doce (12) meses más, es decir, hasta el once (11) de mayo de 2019 y a su vez por el artículo 2º de la Resolución 023 de 2019, por dieciocho (18) meses más, es decir, hasta el doce (12) de noviembre de 2020.

Que, con anterioridad a la vigencia del Decreto Ley 2106 de 2019 "por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública", el artículo 19 de la Ley 769 de 2002 modificado por el Decreto Ley 019 de 2012 establecía, entre otros requisitos para obtener la licencia de conducción para vehículos automotores, la aprobación de los exámenes teórico y práctico de conducción para vehículos particulares, ante las autoridades públicas o privadas que se encontraran debidamente habilitadas para ello e inscritas ante el RUNT.

Que el artículo 119 del Decreto Ley 2106 de 2019 modificó el citado artículo 19 de la Ley 769 de 2002, estableciendo que podrá obtener una licencia de conducción para vehículos automotores, quien acredite entre otros requisitos, la aprobación de exámenes teórico y práctico de conducción para vehículos particulares, ante las autoridades públicas o privadas que se encuentren debidamente registradas en el sistema RUNT.

Que la Agencia Nacional de Seguridad Vial, mediante oficio 20201200030251 del 9 de noviembre de 2020, solicitó la prórroga de la entrada en vigencia de la citada resolución con fundamento en lo siguiente:

"El literal c) del artículo 19 de la Ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito Terrestre, incluye como uno de los requisitos...

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