Resolución número 2031 de 2020, por la cual se ordena el gasto con cargo al presupuesto del servicio de la deuda vigencia 2020 a favor del Patrimonio Autónomo de Remanentes del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación (PAR ISS En Liquidación) - 23 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 851291672

Resolución número 2031 de 2020, por la cual se ordena el gasto con cargo al presupuesto del servicio de la deuda vigencia 2020 a favor del Patrimonio Autónomo de Remanentes del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación (PAR ISS En Liquidación)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51476

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, en concordancia con el artículo 31 de la Ley 1260 de 2008, la Resolución número 1123 del 25 de mayo de 2005 y el artículo 4º del Decreto 1305 de 2020.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, establece que los órganos que son una sección en el Presupuesto General de la Nación, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cual hagan parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refiere la Constitución Política y la Ley.

Que el artículo citado, dispone que estas facultades se encuentran radicadas en cabeza del Jefe de cada órgano ejecutor, quién podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo o quienes hagan sus veces, los que las ejercerán teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes.

Que la representación legal y la ordenación del gasto del Servicio de la Deuda, están a cargo del Ministro de Hacienda y Crédito Público o de quien este delegue, según las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto.

Que mediante Resolución número 1123 del 25 de mayo de 2005, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, delegó la ordenación del gasto del Servicio de la Deuda de la Nación en el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional.

Que de conformidad con el artículo 9º del Decreto 630 de 1996, modificado por el Decreto 1521 de 2005, los pagos que se hagan para atender obligaciones derivadas del Servicio de la Deuda Pública de la Nación, deben estar soportadas en un documento de instrucción de pago diligenciado en el formato que establezca la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, firmado por el Jefe de Presupuesto de la Sección correspondiente al Servicio de la Deuda o quien haga sus veces, quien será el responsable de la información suministrada en el mismo.

Que el artículo 113 de la Ley 2008 de 2019 dispuso que se podrá reconocer como deuda pública las obligaciones de pago originadas en sentencias, conciliaciones judiciales debidamente ejecutoriadas y las deudas reconocidas en el proceso liquidatorio...

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