Resolución número 215 de 2020, por la cual se corrige un error formal en la Resolución número 210 del 30 de octubre de 2020 - 9 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 851839166

Resolución número 215 de 2020, por la cual se corrige un error formal en la Resolución número 210 del 30 de octubre de 2020

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51493

El Director de Comercio Exterior, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el numeral 5 del artículo 18 del Decreto-ley 210 de 2003 modificado por el Decreto número 1289 de 2015, el Decreto número 1750 de 2015, en aplicación del artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto número 1750 del 1º de septiembre de 2015 el Gobierno nacional reguló la aplicación de derechos antidumping.

Que de conformidad con el artículo 61 del Decreto número 1750 de 2015, en concordancia con el párrafo 3 del artículo 11 del Acuerdo Relativo a la Aplicación del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 de la Organización Mundial de Comercio (en adelante Acuerdo Antidumping de la OMC), a petición de parte o de oficio podrá adelantarse el examen de los derechos antidumping definitivos impuestos, con el fin de establecer si la supresión de los mismos daría lugar a la continuación o a la repetición del daño y del dumping que se pretendían corregir con las medidas adoptadas.

Que, de acuerdo con los términos del párrafo 3 del artículo 11 del Acuerdo Antidumping de la OMC, los Miembros de la Organización deben poner fin a un derecho antidumping en un plazo de cinco años contados a partir de su imposición a menos que se cumplan las siguientes condiciones: en primer lugar, que se inicie un examen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR