Resolución número 216 de 2017, por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones administrativas y jurisdiccionales que se tramitan ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor - 1 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 692726329

Resolución número 216 de 2017, por la cual se suspenden los términos legales en las actuaciones administrativas y jurisdiccionales que se tramitan ante la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección Nacional de Derecho de Autor
Número de Boletín50343

La Directora General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 4) del artículo del Decreto 4835 de 2008, modificado por el Decreto 1873 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que conforme lo indica el artículo 3º, numeral 4, del Decreto 4835 de 2008, es función de la Directora General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor (en adelante DNDA), "coordinar y supervisar las actividades a cargo de las dependencias.

Segundo. Que la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante la Circular Externa número 100-007 del 29 de agosto de 2017, señaló que por motivos de seguridad, de movilidad y de transporte público, los jefes de organismos y entidades destinatarias, entre ellas las del Sector Central de la Rama Ejecutiva, podrán organizar la jornada laboral del día miércoles 6 de septiembre en las horas de la tarde del presente año. Así mismo, por las razones de seguridad y movilidad anunciadas, se otorgará el jueves 7 de septiembre del año en curso como día libre, garantizando que no se afecte el servicio.

Tercero. Que el inciso final del artículo 118 del Código General del Proceso establece que "En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el despacho (Negrita Fuera de texto).

Cuarto. Que corresponde a la Directora General de la DNDA salvaguardar las garantías procesales en las actuaciones administrativas y jurisdiccionales, respecto de los sujetos procesales que en ellas intervienen.

Quinto. Que en las horas de la tarde del día 6 de septiembre de 2017, y todo el día 7 de septiembre de 2017 estará cerrado el Despacho y no habrá atención al público en las instalaciones de la DNDA. En consecuencia...

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