Resolución número 221-000770 de 2ü18, por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia de Sociedades para el año 2018 - 27 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 741205733

Resolución número 221-000770 de 2ü18, por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia de Sociedades para el año 2018

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín50729

El Superintendente de Sociedades, en uso de las atribuciones legales, reglamentarias y en especial las conferidas en los numerales 6 y 15 del artículo 8º del Decreto 1023 del 18 de mayo de 2012, y

CONSIDERANDO:

  1. Que conforme al artículo 1º del Decreto 1023 del 18 de mayo de 2012, la Superintendencia de Sociedades es un organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como las facultades que le señala la ley en relación con otros entes, personas jurídicas y personas naturales.

  2. Que en los términos del artículo 1.2.1.1 del Decreto 1074 del 26 de mayo de 2015 'Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo', la Superintendencia de Sociedades tiene como objetivo la preservación del orden público económico a través del ejercicio de las funciones de fiscalización gubernamental sobre las sociedades comerciales y de las facultades jurisdiccionales previstas en la ley, tanto en el ámbito de la insolvencia como en el de los conflictos societarios.

  3. Que en ejercicio de sus atribuciones y competencias, y particularmente con fundamento en la Circular Externa 3 de 20 de junio de 2014 de la Agencia Nacional de la Defensa Jurídica del Estado y el Decreto 1716 del 14 de mayo de 2009, la Superintendencia de Sociedades profirió la Resolución número 100-000179 del 19 de marzo de 2015, en la que estableció las políticas generales de prevención del daño antijurídico, que orientan la defensa de los intereses de la Entidad, para lo cual analizó la totalidad de las causas generadoras de litigios a la fecha y determinó una serie de medidas a adoptar por parte de las diferentes dependencias, entre las que se destacan la articulación del trámite de notificación de los actos administrativos, el fortalecimiento de la reglamentación en materia de auxiliares de la justicia, la adopción de mecanismos para imprimir mayores celeridad y transparencia a los procesos de liquidación, y la revisión y unificación de los criterios para la tasación de sanciones en materia de inversión y deuda externa.

  4. Que las medidas adoptadas mediante la citada resolución tuvieron un impacto importante en el quehacer de la Entidad y redundaron en la disminución del número de demandas incoadas por las causas señaladas.

  5. Que en 2015 la Superintendencia de Sociedades fue notificada de 75 demandas con pretensiones por la suma de $614.487.805.378,74 y de 1 sentencia de condena por $434.750.000,00; 11 las demandas con pretensiones por $6.545.344.769,00, tuvieron origen en la subcausa 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control'.

  6. Que durante el 2016 esta Entidad fue notificada de 69 demandas con pretensiones por la suma de $72.887.338.183,22 y de 3 sentencias de condena por $1.555.406.650,00; 17 de las demandas...

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