Resolución número 2246 de 2017, por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución 1297 de 2010 y se dictan otras disposiciones - 3 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696281869

Resolución número 2246 de 2017, por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución 1297 de 2010 y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín50406

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto-ley 2811 de 1974 y los numerales 10 y 14 del artículo 5º de la Ley 99 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 1297 de 2010, se establecen los sistemas de recolección selectiva y gestión ambiental de residuos de pilas y/o acumuladores, con el propósito de prevenir y controlar la degradación del ambiente.

Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), con ocasión de la evaluación de la citada Resolución 1297 de 2010 concluye que se han alcanzado progresos en la implementación de la misma, tales como la operación de 31 sistemas (28 individuales y 3 colectivos) aprobados por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la instalación de más de 12.000 puntos de recolección y la retoma y gestión adecuada de más de 1.500 toneladas de residuos de pilas y acumuladores entre los años 2012 y 2016.

Que. con el fin de continuar con el proceso de fortalecimiento de dichos sistemas, es necesario que los mecanismos de comunicación con el consumidor alcancen una mayor eficiencia en la devolución y recolección de los residuos y ampliar la cobertura geográfica de los sistemas para lograr la devolución de los residuos por parte de los consumidores en medianos y pequeños municipios del territorio nacional.

Que el artículo 17 de la Ley 1672 de 2013 señala que el MADS debe establecer indicadores de gestión por resultados que permitan evaluar y monitorear los diferentes sistemas de recolección y gestión que se desarrollen a nivel nacional para una gestión integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). Asimismo, la ley señala que los indicadores de gestión se establecerán atendiendo estrategias tales como cubrimiento, políticas de información y prevención e implementación conforme el principio de gradua- lidad.

Que de acuerdo con la citada ley, los productores deben priorizar alternativas de aprovechamiento o valorización de los RAEE.

Que se requiere establecer medios de verificación y soportes documentales que permitan a la ANLA evaluar el cumplimiento de los indicadores de gestión por resultados de los sistemas de recolección y gestión ambiental en sus informes anuales de actualización y avance.

Que conforme a lo expuesto, se hace necesario modificar la Resolución 1297 de 2010. Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo 10 de la Resolución 1297 de 2010, el cual quedará así:

"Artículo 10. De los Indicadores de Gestión. Los sistemas de recolección y gestión ambiental de residuos de pilas y/o acumuladores, se evaluarán de acuerdo con los siguientes indicadores de gestión y metas de cumplimiento:

* Entendiéndose como investigación aplicada la que "consiste también en trabajos originales realizados para adquirir nuevos conocimientos; sin embargo, está dirigida fundamentalmente hacia un objetivo práctico específico", (Conpes 3874 de 2015).

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