Resolución número 2297 de 2019, por la cual se autoriza a Gestión Energética S. A. E.S.P.- Gensa S. A. E.S.P. para celebrar una operación de Manejo de Deuda Pública Interna - 23 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 800450305

Resolución número 2297 de 2019, por la cual se autoriza a Gestión Energética S. A. E.S.P.- Gensa S. A. E.S.P. para celebrar una operación de Manejo de Deuda Pública Interna

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51023

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional (e) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.1.3 del Decreto número 1068 de 2015, y las Resoluciones números 2650 del 12 noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002 y 2563 del 9 septiembre de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 3763 del 15 de noviembre de 2017, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a Gensa S. A. E.S.P. para celebrar un empréstito interno con el Banco Davivienda S. A. hasta por la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000) moneda legal colombiana;

Que en desarrollo de la autorización impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante la resolución de que trata el considerando anterior, Gensa S. A. E.S.P. y el Banco Davivienda S. A. suscribieron el 21 de noviembre de 2017, un Contrato de Empréstito Interno hasta por la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000) moneda legal colombiana, destinado a solventar gastos vinculados a obligaciones de pago derivadas del contrato PPA de Paipa IV para la vigencia 2017;

Que mediante Comunicaciones números 0011022019 y 0013472019 del 29 de abril y 29 de mayo de 2019, respectivamente, radicados en este Ministerio bajo los números 1-2019-040810 y 1-2019-049742 del 3 y 29 de mayo de 2019, respectivamente, Gensa S. A. E.S.P. solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para la celebración de una operación de manejo de deuda, consistente en la disminución de la tasa de interés del contrato de empréstito suscrito con el Banco Davivienda S. A. el 21 de noviembre de 2017 por la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000) moneda legal;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto número 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto número 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el Artículo 2.2.1.1.3 del Decreto 1068 de 2015, dispone, entre otros aspectos, que constituyen operaciones propias del manejo de deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyan a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento. Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la...

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