Resolución número 2315 de 2018, por la cual se autoriza a la Empresa Metro de Bogotá S.A., para celebrar tres (3) empréstitos externos con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y el Banco Europeo de Inversiones (BEI), hasta por la suma de ciento noventa y seis millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 196.000.000), o su equivalente en otras monedas, y a la Nación para el otorgamiento de la respectiva garantía.
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 50677 |
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los artículos 1º y 3º del Decreto 1139 de 2018, el artículo 38 de la Ley 344 de 1996, los artículos 2º y 8º de la Ley 533 de 1999, y el artículo 2º de la Ley 1771 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 1928 del 5 de julio de 2018, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a la Empresa Metro de Bogotá S.A., para gestionar la contratación de operaciones de crédito público externo hasta por el equivalente en dólares u otras monedas a la suma de siete punto ocho billones (COP 7.800 000.000.000) de pesos constantes de diciembre de 2017, con garantía de la Nación, destinados a la financiación del proyecto Primera Línea del Metro de Bogotá - Tramo 1, en las condiciones financieras que apruebe la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que en desarrollo de la autorización conferida por la Resolución mencionada en el considerando anterior, la Empresa Metro de Bogotá S.A., gestionó tres (3) empréstitos externos con: (i) el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), por la suma de setenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 70.000.000), o su equivalente en otras monedas; (ii) el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por la suma de setenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 70.000.000), o su equivalente en otras monedas, y (iii) el Banco Europeo de Inversiones (BEI), por la suma de cincuenta y seis millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 56.000.000), o su equivalente en otras monedas.
Que el numeral 2 del artículo 3º del Decreto 1139 de 2018 establece que la celebración de operaciones de financiamiento externo por las entidades territoriales y sus descentralizadas, en el marco de la cofinanciación de que trata el inciso 2º del artículo 14 de la Ley 86 de 1989, modificada por el artículo 31 de la Ley 1753 de 2015, requiere autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en las correspondientes minutas definitivas, para lo cual la Empresa Metro de Bogotá S.A., solicita la respectiva autorización.
Que la Secretaria de la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., a los veinticinco (25) días del mes de julio de 2018, certifica:
"Que en la sesión número 17 del veinticuatro (24) de julio de 2018, la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., acordó:
(... )
Autorizar al Gerente General para celebrar y suscribir con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el contrato de empréstito "Contrato de Préstamo (Loan Agreement), para apoyar la ejecución de la Primera Línea del Metro de Bogotá Tramo 1 Serie 1", hasta por la suma de setenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD70.000.000), o su equivalente en otras monedas..
Que la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio con número de...
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