Resolución número 232 de 2015, por la cual se adoptan los ajustes necesarios a la regulación vigente para dar cumplimiento al artículo 190 de la Ley 1753 de 2015 - 30 de Diciembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 591241994

Resolución número 232 de 2015, por la cual se adoptan los ajustes necesarios a la regulación vigente para dar cumplimiento al artículo 190 de la Ley 1753 de 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49741

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23 y en el artículo 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

De acuerdo con el parágrafo del artículo 63 de la Ley 812 de 2003, se expidió la Resolución CREG 068 de 2003 mediante la cual se definió el procedimiento para la liquidación, facturación y recaudo de la contribución con destino al Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas Rurales Interconectadas. Esta resolución fue modificada por la Resolución CREG 080 de 2011.

En cumplimiento de lo ordenado por el artículo 104 de la Ley 1450 de 2011, la Comisión de Regulación de Energía y Gas expidió la Resolución CREG 094 de 2011.

El artículo 40 de la Ley 1715 de 2014 estableció los instrumentos para la financiación de programas así:

Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas FAZNI. Con el objetivo de continuar la financiación de planes, programas y proyectos priorizados de inversión para la construcción de la nueva infraestructura eléctrica y para la reposición y rehabilitación de la existente, con el propósito de ampliar la cobertura y procurar la satisfacción de la demanda de energía en las Zonas No Interconectadas, se prorroga la vigencia del artículo 10 de la Ley 1099 de 2006.

Por cada kilovatio-hora despachado en la Bolsa de Energía Mayorista, el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, ASIC, recaudará un peso ($1.00) moneda corriente, con destino al Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas, FAZNI. Este valor será pagado por los agentes generadores y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021 y se indexará anualmente con el Índice de Precios al Productor (IPP) calculado por el Banco de la República. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, adoptará los ajustes necesarios a la regulación vigente para hacer cumplir este artículo.

El artículo 190 de la Ley 1753...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR