Resolución número 2464 de 2018, por la cual se convoca a las entidades territoriales y a las organizaciones jurídicamente reconocidas de los sectores económicos, social, educativo y cultural, ecológico, comunitario, de las mujeres, de los indígenas y de las comunidades negras a presentar las ternas para la designación de los representantes que conformarán el Consejo Nacional de Planeación - 21 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 740007749

Resolución número 2464 de 2018, por la cual se convoca a las entidades territoriales y a las organizaciones jurídicamente reconocidas de los sectores económicos, social, educativo y cultural, ecológico, comunitario, de las mujeres, de los indígenas y de las comunidades negras a presentar las ternas para la designación de los representantes que conformarán el Consejo Nacional de Planeación

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín50723

La Directora del Departamento Nacional de Planeación, en cumplimiento de la Ley 152 de 1994 y en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto número 1082 de 2015 Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 340 de la Constitución Política establece que habrá un Consejo Nacional de Planeación integrado por representantes de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios, culturales y sus miembros serán designados por el Presidente de la República.

Que la Ley 152 de 1994 en su artículo 10 establece que los integrantes del Consejo Nacional de Planeación serán designados para un período de ocho años y la mitad de sus miembros será renovado cada cuatro años. En atención a que, el número actual de integrantes del Consejo Nacional de Planeación es de veintiséis (26) consejeros, deben ser renovados trece (13) de sus integrantes por cuanto cumplen el periodo establecido de ocho años.

Que de acuerdo con el Decreto número 1082 de 2015, artículo 2.2.11.1.4, corresponde al Departamento Nacional de Planeación convocar y comunicar el plazo para la radicación de las ternas de los candidatos a conformar el Consejo Nacional de Planeación, así como los documentos que deben presentar las personas jurídicas diferentes a las entidades territoriales,

RESUELVE:

Artículo 1º

Convocar a los municipios pertenecientes a las jurisdicciones territoriales establecidos en el artículo 2.2.11.1.1 del Decreto número 1082 de 2015 del grupo dos (municipios de los departamentos de Boyacá, Cundinamarca, Huila, Norte de Santander, Santander y Tolima, Distrito Capital de Bogotá); grupo cuatro (municipios de los departamentos de Antioquia, Cauca, Caldas, Chocó, Nariño, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca), a los departamentos pertenecientes al grupo cinco (Arauca, Casanare, Guarnía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada); para que presenten las ternas de...

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