Resolución número 2555 de 2016, por la cual se ordena la reglamentación de los cuerpos de agua que hacen parte de la Subcuenca de la quebrada Dosquebradas, cuenca río Otún, jurisdicción del municipio de Dosquebradas en el departamento de Risaralda - 1 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 652727953

Resolución número 2555 de 2016, por la cual se ordena la reglamentación de los cuerpos de agua que hacen parte de la Subcuenca de la quebrada Dosquebradas, cuenca río Otún, jurisdicción del municipio de Dosquebradas en el departamento de Risaralda

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Risaralda
Número de Boletín50044

El Director General Encargado de la Corporación Autónoma Regional de Risaral-da (Carder), en uso de sus atribuciones, en especial las que le confiere el numeral 17 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993; el Acuerdo Carder 003 del 14 de marzo del 2016 y el Acta de Posesión 076 del 15 de marzo de 2016 y Ley 1437 de 2011, Título II Sustituido por el artículo 1º, Ley 1755 de 2015, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la Ley 99 de 1993 creó el Sistema Nacional Ambiental (Sina) y el Ministerio del Medio Ambiente, estableciendo las responsabilidades y funciones del Estado a través de sus instituciones para la gestión y conservación del ambiente y los recursos naturales renovables, la formulación de la Política Nacional Ambiental, el ordenamiento territorial y el manejo de cuencas.

  2. Que la reglamentación y el ordenamiento del recurso hídrico son base para la administración y gestión del mismo, concepto que ha sido desarrollado en el país a partir de lo establecido en el Decreto-ley 2811 de 1974, Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de protección del ambiente.

  3. Que el Decreto 1541 de 1978, modificado por el Decreto Nacional 2858 de 1981, por el cual se reglamenta la Parte III del Libro II del Decreto-ley 2811 de 1974: "De las aguas no marítimas" y parcialmente la Ley 23 de 1973, tiene por finalidad reglamentar las normas relacionadas con el recurso de aguas en todos sus estados, y comprende entre otros aspectos la reglamentación de las aguas, ocupación de los cauces y la declaración de reservas de agotamiento, en orden a asegurar su preservación cuantitativa para garantizar la disponibilidad permanente del recurso.

  4. Que el Decreto 3930 de 2010, por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9a de 1979, así como el Capítulo II del Título VI -Parte III- Libro II del Decreto-ley...

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