Resolución número 2670 de 2019, por medio de la cual se modifica la Resolución número 1638 del 7 de mayo de 2019, por la cual se constituyen los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral
Emisor | Varios - Consejo Nacional Electoral |
Número de Boletín | 51004 |
El Consejo Nacional Electoral, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los numerales 1 y 6 del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo número 01 de 2009,
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Nacional Electoral, en virtud de lo dispuesto en los numerales 1 y 6 del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo número 01 de 2009, y los artículos 7º de la Ley 62 de 1988, 3º del Decreto número 2547 de 1989, 39 inciso 2º del literal a) de la Ley 130 de 1994 y 26 nume ral 22 del Código Electoral, dispuso mediante Resolución número 1638 del 7 de mayo de 2019, la constitución de treinta y dos (32) Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral, modificada posteriormente mediante Resolución número 2275 del 11 de junio de 2019.
Que el artículo 3º de la mencionada Resolución integró los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral de acuerdo con el censo electoral de cada departamento.
Que el Consejo Nacional Electoral consideró pertinente, en atención a criterios poblacionales y territoriales de las diferentes regiones del país, redistribuir el personal supernumerario de manera que haya mayor cobertura en las zonas que así lo requieren y garantizar el pleno cumplimiento de sus funciones de inspección y vigilancia.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
el artículo 3º de la Resolución número 1638 del 7 de mayo de 2019, el cual quedará así:
Los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral, de acuerdo con el censo electoral de cada departamento, estarán integrados así:
1. Los departamentos de Antioquia, Valle del Cauca, Atlántico, Santander, Bolívar, Córdoba, Norte de Santander, Nariño, Tolima y Boyacá, por tres (3) miembros designados por la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral.
Cada uno de estos Tribunales tendrá el siguiente personal de apoyo:
2. Los departamentos de Cauca, Magdalena, Huila, Caldas, Risaralda, Cesar, Meta, Sucre, La Guajira, Quindío, Chocó, Caquetá, Casanare y Putumayo, por tres (3) miembros designados por la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral.
Cada uno de estos Tribunales tendrá el siguiente personal de apoyo:
3. Los departamentos de Arauca, Guaviare, Vichada, San Andrés, Amazonas,...
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