Resolución número 2698 de 2016, por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E. S. P. (EPM) para celebrar un empréstito externo con la Corporación Andina de Fomento (CAF), hasta por la suma de doscientos millones de dólares (USD200.000.000) de los Estados Unidos de América - 13 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649118001

Resolución número 2698 de 2016, por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E. S. P. (EPM) para celebrar un empréstito externo con la Corporación Andina de Fomento (CAF), hasta por la suma de doscientos millones de dólares (USD200.000.000) de los Estados Unidos de América

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49995

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el literal (b) del artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio radicado con el número 1-2016-001139 del 8 de enero de 2016 Empresas Públicas de Medellín E. S. P. (EPM) solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una operación de crédito público externo sin garantía de la nación con la Corporación Andina de Fomento (CAF) hasta por la suma de doscientos millones de dólares (USD200.000.000) de los Estados Unidos de América destinado a financiar su plan de inversiones;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 establece que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el literal (b) del artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015 establece que para la celebración de contratos de empréstito externo por las entidades descentralizadas del orden nacional y las entidades territoriales y sus descentralizadas, se requiere autorización impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en las correspondientes minutas definitivas, para lo cual Empresas Públicas de Medellín E. S. P. (EPM) solicitó la respectiva autorización mediante oficio 1-2016-001139 del 8 de enero de 2016;

Que Empresas Públicas de Medellín E. S. P. (EPM) es una empresa Industrial y comercial del Estado del orden municipal, con personería jurídica y patrimonio independiente, según lo establece el Acuerdo número 69 de 1997 expedido por el Concejo de Medellín;

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio número SC-20144380658691 del 18 de julio de 2014, emitió concepto favorable a Empresas Públicas de Medellín E. S. P. (EPM), para aumentar el cupo global de endeudamiento externo en US$1.130 millones o su equivalente en otras monedas, que serán integrados a los saldos vigentes por US$870 millones, para un total de US$2.000 millones o su equivalente en otras monedas con el objetivo de financiar su plan de inversiones 2014-2022;

Que el cupo otorgado por el Departamento Nacional de Planeación de que trata el considerando anterior, ha sido afectado de la siguiente manera:

Concepto Monto Observación
Cupo otorgado por el DNP US$2.000.000.000 Oficio número SC - 20144380658691
Resolución de Gestión número 3071 del 2 de septiembre de 2014 US$1.130.000.000 Para gestionar la contratación de operaciones de crédito público externo, hasta por la suma de US$ 1.130.000.000 de
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