Resolución número 2824 de 2011, por medio de la cual se modifica elparágrafo 3º del artículo 2º de la Resolución 5462 de 2010yel artículo lºdelaResolución 2240 de 2011 - 18 de Julio de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 647155097

Resolución número 2824 de 2011, por medio de la cual se modifica elparágrafo 3º del artículo 2º de la Resolución 5462 de 2010yel artículo lºdelaResolución 2240 de 2011

EmisorMinisterio de la Protección Social
Número de Boletín48134

El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de la facultades legales, en especial las conferidas por el parágrafo 1º del artículo 33 de la Ley 1164 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, la atención en salud es un servicio público a cargo del Estado y, por su naturaleza, requiere ser prestado de manera continua tal y como se establece en el artículo 4º de la Ley 100 de 1993.

Que en desarrollo de lo anterior, corresponde al Estado promover el ofrecimiento por parte de las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, IPS, del número de plazas de Servicio Social Obligatorio suficientes, acorde con las necesidades de la población y al número de egresados de los programas de educación superior de áreas de la salud, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 1164 de 2007.

Que en cumplimiento de la Resolución 5462 de 2010, se tomaron medidas para la asignación de las plazas de Servicio Social Obligatorio vacantes entre el 25 de febrero al 31 de julio de 2011 mediante sorteo, y asignación directa de las mismas con el fin de atender la población afectada por ola invernal.

Que de acuerdo con las comunicaciones de las Secretarías de Salud de Antioquia y Cesar, así como de las diferentes Empresas Sociales del Estado, ESE, de los mencionados departamentos y del departamento de Santander, se informa de un parte, que algunas plazas del Servicio Social Obligatorio en Medicina, Odontología, Enfermería y Bacteriología, en entidades públicas, que se encontraban vacantes entre el 25 de febrero y el 31 de julio de 2011, cuyo sorteo se autorizó mediante la Resolución 5462 de 2010, no fueron reportadas oportunamente, tal como lo exigía el artículo 5º ibídem, por fallas en el flujo de información; haciéndose necesario en consecuencia modificar el parágrafo 3º del artículo 2º de la Resolución 5462 de 2010, en virtud del cual las plazas no sometidas a sorteo, no serán válidas para el cumplimiento del Servicio Social Obligatorio.

Que de otra parte, con posterioridad al sorteo, autorizado mediante dicha resolución, para ser realizado el 18 de febrero de 2011, varias direcciones departamentales de salud han informado a este Ministerio que fueron aprobadas nuevas plazas; por lo que solicitan se...

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