Resolución número 2953 de 2020, por la cual se adoptan medidas transitorias frente a los trámites de restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 - 17 de Marzo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 841360299

Resolución número 2953 de 2020, por la cual se adoptan medidas transitorias frente a los trámites de restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín51259

La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el literal b) del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, el literal a) del artículo 28 del Decreto número 334 de 1980, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y en el Decreto número 380 de

2020, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Decreto número 385 del 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020, con ocasión de la presencia en el país de casos de COVID-19;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha catalogado el COVID-19 como una pandemia a nivel mundial;

Que mediante Circular número 003 del 12 de marzo de 2020 y demás memorandos relacionados, la Dirección General del ICBF adoptó instrucciones de prevención, contención y atención del COVID-19;

Que los términos del Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD) son perentorios, preclusivos y no podrán ser extendidos por actuación administrativa ni judicial, de acuerdo con lo expuesto en el numeral 9 del artículo 100 de la Ley 1098 de 2006, modificado por el artículo 4º de la Ley 1878 de 2018;

Que corresponde a la Dirección General fijar la política institucional en los aspectos relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional, el proceso administrativo de restablecimiento de derechos, organización y desarrollo del programa de adopción y la atención a niños, niñas, adolescentes y familias, especialmente para aquellas en situación de desplazamiento forzado o víctimas de desastres; lo anterior según las normas vigentes;

Que la emergencia sanitaria por causa del COVID-19 constituye un hecho de fuerza mayor, exterior, irresistible e imprevisible, por lo cual es deber de la administración adoptar las medidas transitorias que garanticen la seguridad de la salud a los servidores públicos y colaboradores de la entidad, la protección de los niños, niñas y adolescentes y sus familias, así...

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