Resolución número 2981 de 2019, por la cual se modifica el artículo 5º de la Resolución número 1737 de 2017, que reglamenta el trámite interno del Derecho de Petición en la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) y se toman otras determinaciones - 18 de Septiembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 812724481

Resolución número 2981 de 2019, por la cual se modifica el artículo 5º de la Resolución número 1737 de 2017, que reglamenta el trámite interno del Derecho de Petición en la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) y se toman otras determinaciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín51080

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en ejercicio de las funciones contenidas en el Acuerdo CAR número 022 del 21 de octubre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia de 1991, en sus artículos 20, 23 y 74, consagra el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas ante las autoridades, por motivo de interés general o particular, y a obtener pronta resolución; así mismo, acceder a la información y documentos públicos salvo los casos que establezca la ley.

Que mediante la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, se expidió el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual estableció en su artículo 22, la obligación de las autoridades en reglamentar la tramitación interna de las peticiones que les corresponda resolver, y la manera de atender las quejas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.

Que, en virtud a lo anterior, la Corporación mediante la Resolución número 2134 de 2012, adoptó el Manual para la Atención y Trámite Interno del Derecho de Petición como medida necesaria para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 22 de la Ley 1437 de 2011.

Que mediante Ley Estatutaria 1755 promulgada el 30 de junio de 2015, se reguló el Derecho Fundamental de Petición y se sustituyó el Título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, reiterando en el artículo 22, la obligación a cargo de las autoridades de reglamentar el trámite interno de las peticiones que les corresponda y la manera de atender las quejas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.

Que el Decreto 1166 del 19 de julio de 2016, "por el cual se adiciona el capítulo 12 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia del Derecho, relacionado con la presentación, tratamiento y radicación de las peticiones presentadas verbalmente" estableció en su artículo 2.2.3.12.11., la obligación de las autoridades en reglamentar de acuerdo al artículo 22 de la Ley 1437 de 2011...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR