Resolución número 2983 de 2017, por medio de la cual se crea el Comité Estratégico de Logística y Eficiencia del Gasto, los Subcomités de Abastecimiento, Mantenimiento e Infraestructura y Gestión de Bienes inmuebles - 5 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 678721301

Resolución número 2983 de 2017, por medio de la cual se crea el Comité Estratégico de Logística y Eficiencia del Gasto, los Subcomités de Abastecimiento, Mantenimiento e Infraestructura y Gestión de Bienes inmuebles

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50224

El Ministro de Defensa Nacional, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política, artículos 60 y 61 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el artículo 2º numeral 7 del Decreto 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política corresponde a los Ministros formular políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 7, artículo 2º del Decreto 4890 de 2011, el Ministro de Defensa Nacional está habilitado para crear y formar órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos internos de trabajo que considere necesarios para el desarrollo de las funciones asignadas al Ministerio y asignarles funciones mediante resolución.

Que mediante Decreto 4890 de 2011, se modificó parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, contemplado en su artículo 1º, en el Despacho del Viceministro para la Estrategia y Planeación, la Dirección de Planeación y Presupuestación y la Dirección Logística, en la Secretaría General, la Dirección de Contratación Estatal y en el Despacho del Viceministro del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa (GSED) y Bienestar, la Dirección de Gestión Empresarial, con funciones claramente definidas en los artículos 19, 20, 25 y 34.

Que la Directiva permanente número 34 MDNVEPDL- 23 del 22 de octubre de 2012, imparte políticas y directrices para el mejoramiento de los procesos logísticos del Sector Defensa.

Que el sector cuenta con el (i) Comité de Logística del Sector Defensa (Resolución 2987 del 11 de abril de 2014, modificada con Resolución 0675 del 6 de febrero de 2015), (ii) Comité para la Centralización del Mantenimiento Mayor del Sector Defensa (Resolución 7730 del 12 de septiembre de 2014), (iii) Comité para la Distribución Logística del Sector Defensa (CODIS) (Resolución 2253 del 30 de marzo de 2015), (iv) Comité Técnico Asesor para el Análisis y Seguimiento a la Eficiencia del Gasto (Resolución 6205 del 22 de julio de 2015), y con el Sistema de Normalización y Aseguramiento de la Calidad de los Bienes y Servicios que se adquieren por el Sector Defensa (Resolución 2514 del 30 de abril de 2012).

Que mediante documento Conpes 3520 del 9 de junio de 2008, se define la política para la Organización del Grupo Social y Empresarial de la Defensa (GSED), y se establece como razón fundamental para la existencia del Grupo "Contribuir de manera eficaz y medible a consolidar la seguridad y la paz en Colombia a través del suministro oportuno de bienes y servicios que apoyan la Defensa Nacional".

Que con el objetivo de unificar la toma de decisiones relativas a la Logística y Eficiencia del Gasto en un solo comité, es necesario crear las instancias de análisis de todo el ciclo logístico.

RESUELVE: TÍTULO I

COMITÉ ESTRATÉGICO DE LOGÍSTICA Y EFICIENCIA DEL GASTO

Artículo 1º Conformación.

Créase el Comité Estratégico de Logística y Eficiencia del Gasto, el cual estará integrado por los siguientes miembros:

  1. Viceministro para la Estrategia y Planeación, quien lo preside.

  2. Viceministro del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa "GSED" y Bienestar.

  3. Jefe de Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares.

  4. Segundo Comandante del Ejército Nacional.

  5. Segundo Comandante de la Armada Nacional.

  6. Segundo Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana.

  7. Subdirector General de la Policía Nacional.

  8. Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional.

  9. Director de Logística del Ministerio de Defensa Nacional, quien será el Secretario Técnico y asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.

    Parágrafo 1º. Miembros. Los miembros del Comité, por necesidad del servicio, podrán delegar la asistencia a las reuniones del Comité. La delegación se deberá realizar por escrito.

    Parágrafo 2º. Invitados permanentes. Serán invitados permanentes los servidores públicos que, por las funciones y responsabilidades que cumple su dependencia frente a los requerimientos del Comité, les corresponde proporcionar la información necesaria para la toma de decisiones. Los invitados permanentes asistirán a las reuniones con voz pero sin voto.

  10. Subjefe de Estado Mayor Conjunto Administrativo.

  11. Jefe de la Jefatura Logística Conjunta (J4).

  12. Comandante del Comando de Logística del Ejército Nacional.

  13. Jefe de Operaciones Logísticas de la Armada Nacional.

  14. Jefe de la Jefatura de Operaciones Logísticas Aeronáuticas de la Fuerza Aérea Colombiana.

  15. Jefe de la Jefatura de Apoyo Logístico de la Fuerza Aérea Colombiana.

  16. Director Administrativo y Financiero de la Policía Nacional.

  17. Director de Planeación y Presupuestación del Ministerio de Defensa Nacional.

  18. Director de Proyección de Capacidades del Ministerio de Defensa Nacional.

  19. Director de Contratación Estatal del Ministerio de Defensa Nacional.

  20. Director de Finanzas del Ministerio de Defensa Nacional.

  21. Director de Gestión Empresarial del Ministerio de Defensa Nacional.

    Parágrafo 3º. Invitados ocasionales. Serán invitados ocasionales los servidores públicos que, por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico, deban asistir según sea el caso concreto o tema a tratar. De igual forma el Comité, por medio de su Secretaría Técnica, podrá invitar a sus sesiones a los funcionarios que requiera para la mejor comprensión de los asuntos a considerar, quienes asistirán a las sesiones con derecho a voz pero sin voto.

    Parágrafo 4º. En caso de supresión de cargos o cambio de denominación de los mismos, se entenderá que hará parte del Comité quien tenga autoridad y responsabilidades equivalentes del citado cargo en el presente acto administrativo.

Artículo 2º Funciones.

Son funciones del Comité Estratégico de Logística y Eficiencia del Gasto las siguientes:

  1. Aprobar las directrices logísticas para el Sector Defensa, las cuales deberán estar alineadas con el Plan Estratégico del Sector Defensa y Seguridad, el planeamiento logístico de las Fuerzas y las entidades del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa (GSED) y Bienestar.

  2. Definir los lineamientos sectoriales para la eficiente ejecución del gasto a partir de estrategias o metodologías como la contratación centralizada, abastecimiento estratégico, ciclo de vida, mantenimiento conjunto y coordinado y otras herramientas logísticas, con el fin de fortalecer el Modelo de Planeación y Desarrollo de las Capacidades de la Fuerza Pública.

  3. Formular lineamientos encaminados a fomentar la eficiencia de las herramientas que soportan los procesos logísticos de manera trasversal, con el fin de aprobar acciones que se deriven de las oportunidades de mejora y realizar su respectivo seguimiento en aras de lograr la sostenibilidad y efectividad de los procesos en la gestión logística.

  4. Aprobar y emitir directrices orientadas a fomentar la eficiencia de las funciones logísticas de mantenimiento e infraestructura, así como de abastecimiento estratégico, que comprende las siguientes actividades: planeación, adquisición, almacenamiento, control de inventarios, transporte, distribución, normalización, catalogación, acondicionamiento, aseguramiento de la calidad y disposición final para equipar, sostener y permitir a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional ejecutar sus actividades.

  5. Aprobar y emitir directrices que permitan que la planeación y ejecución de los procesos logísticos contribuyan al desarrollo de las capacidades logísticas integradas e interoperables, que respondan a las necesidades del Sector.

  6. Seleccionar anualmente las categorías para las cuales se implementarán metodologías de abastecimiento estratégico, de acuerdo a las necesidades del Sector.

  7. Aprobar los proyectos para la actualización, elaboración, adopción, suspensión o derogación de Normas Técnicas, guías y demás documentos normativos presentados por la Dirección de Logística - Subdirección de Normas Técnicas del Ministerio de Defensa Nacional.

  8. Aprobar y emitir el Plan Anual de Normalización y Aseguramiento de la Calidad elaborado por la Subdirección de Normas Técnicas del Ministerio de Defensa Nacional.

  9. Impartir directrices relacionadas a las metas de ahorro de las diferentes categorías de gasto a ser intervenidas y a las metas de mejoramiento de los procesos logísticos presentados por los Subcomités de Abastecimiento, Mantenimiento e Infraestructura y Gestión de Bienes Inmuebles.

  10. Aprobar los planes de integración de capacidades de mantenimiento del equipo común entre las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y las entidades del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa (GSED) y Bienestar.

  11. Emitir lineamientos de mantenimiento y aprobar proyectos de mantenimiento conjunto y demás actividades requeridas para asegurar la capacidad técnica de las unidades, conservación...

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